Por medio de esta cédula, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se le notifica a la interesada el acuerdo de iniciación del correspondiente expediente sancionador que, con el número que se indica, se inicia en este organismo por no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente del beneficiario, causa prevista en el artículo 5.C de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de infracciones en materia de vivienda.
Se designan respectivamente instructora y secretaria de éstos Clara Gómez Ruiz y Carmen Pombo Chans, concediéndole a la interesada quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta cédula para hacer cuantas alegaciones crea oportunas en su descargo y, de ser el caso, solicitar la práctica de las pruebas.
Y para que conste y le sirva de notificación a la interesada de dirección desconocida y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en A Coruña, 14 de enero de 1999.
Mª Teresa Morán Calero
Jefa del Área Provincial de A Coruña
ANEXO
VP-C 51/1998.
Carolina Badía Benzano.
Avda. Castelao, 25-bajo derecha, Caranza-Ferrol.