Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Miercoles, 03 de febrero de 1999 Pág. 1.241

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 1998, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se hacen públicos los acuerdos de iniciación de expedientes sancionadores en materia de espectáculos públicos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan los acuerdos de iniciación dictados en expedientes sancionadores por infracción de la Ley orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de protección de la seguridad ciudadana, por no ser posible su notificación.

La competencia para imponer esta clase de sanciones le corresponde a los delegados provinciales de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales según el Real decreto 1640/1996, de 5 de julio, desarrollado por el Decreto 360/1996, de 26 de septiembre, de atribución a órganos de la Comunidad Autónoma de Galicia del ejercicio de la potestad sancionadora en materia de espectáculos públicos, en relación con el artículo 29.1º d) de la Ley orgánica 1/1992.

Se nombra instructor del expediente a Julián Alonso García, puesto base grupo A, y secretaria Ángeles San Martín Outeiral, puesto base grupo B, ambos del Servicio de Interior, que podrán ser recusados en cualquier momento de la tramitación del expediente en los casos y en la forma prevista en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. El interesado dispone de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de la presente notificación, para ejercitar el derecho de audiencia y formular alegaciones, presentar documentos o informaciones que estime convenientes en su defensa y, en su caso, proponer prueba, pudiendo reconocer voluntariamente su responsabilidad con los efectos previstos en el artículo 8.

En el supuesto de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento, en el plazo indicado, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Real decreto 1398/1993.

A Coruña, 30 de diciembre de 1998.

P.S. (Decreto 227/1998, de 10 de julio)

María Silva Costoya

Secretaria provincial de A Coruña

ANEXO

Número de expediente: 635/1998.

Denunciado: Emilio Piedra López.

DNI: 45.427.713.

Dirección: Rosalía de Castro, 76, portal 2-5º N.

(O Milladoiro) Ames.

Establecimiento: Club Caribe.

Precepto infringido: 26 e) LO 1/1992.

Precepto sancionador: 28 LO 1/1992.

Multa máxima: hasta 50.000 ptas.

Número de expediente: 639/1998.

Denunciado: Emilio Piedra López.

DNI: 45.427.713.

Dirección: Rosalía de Castro, 76, portal 2-5º N.

(O Milladoiro) Ames.

Establecimiento: Club Caribe.

Precepto infringido: 26 e) LO 1/1992.

Precepto sancionador: 28 LO 1/1992.

Multa máxima: hasta 50.000 ptas.