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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Lunes, 25 de enero de 1999 Pág. 861

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y POLÍTICA AGROALIMENTARIA

CÉDULA de 25 de noviembre de 1998, de la Dirección General de Producción Agropecuaria, por la que se notifica la resolución recaída en el expediente sancionador LU-275/97, por infracción de la Ley 1/1993, de protección de animales domésticos y salvajes en cautividad, al resultar devuelta por el servicio de correos la notificación hecha al interesado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen júrídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a Leyde Elvira Amez de acuerdo con lo que figura en el anexo a la presente, la resolución adoptada por el director general de Producción Agropecuaria, de fecha de 14 de abril de 1998, en el expediente sancionador LU-275/97, ya que intentada la notificación por correo certificado y con acuse de recibo, la misma resultó devuelta.

El importe de la sanción se hará efectiva por transferencia bancaria a la cuenta de Caixa Galicia número 311-152-115/8, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir de la firmeza de la resolución. De no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía administrativa de apremio.

Se hace saber que esta resolución no es firme en vía administrativa, por lo cual Leyde Elvira Amez podrá interponer contra la misma recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992.

Santiago de Compostela, 25 de noviembre de 1998.

Antonio Crespo Iglesias

Director general de Producción Agropecuaria

ANEXO

Expediente: LU-275/97.

Denunciado: Leyde Elvira Amez.

DNI: 9.810.508.

Domicilio: Miguel Bravo, nº 5-1º. León.

Infracciones cometidas: incumplir la normativa vigente para la autorización y registro de los establecimientos.

Precepto infringido: artículo 5.1º de la Ley 1/1993.

Preceptos sancionadores: artículo 20 c), e) y 21.1º f), de la Ley 1/993.

Sanción: multa de 50.001 pesetas.