De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notífica a Jesús Fernández Villarid de acuerdo con lo que figura en el anexo a la presente, la resolución adoptada por el director xeral de Producción Agropecuaria, de fecha 10 de mayo de 1998, en el expediente sancionador LU-214/97, ya que intentada la notificación por correo certificado y con acuse de recibo, la misma resultó devuelta.
El importe de la sanción se hará efectiva por transferencia bancaria a la cuenta de Caixa Galicia número 311-152-115/8, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir de la firmeza de la resolución. De no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía administrativa de apremio.
Se hace saber que esta resolución no es firme en vía administrativa, por lo cual Jesús Fernández Villarid podrá interponer contra la misma recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992.
Santiago de Compostela, 10 de diciembre de 1998.
Antonio Crespo Iglesias
Director general de Producción Agropecuaria
ANEXO
Expediente: LU-214/97.
Denunciado: Jesús Fernández Villaravid.
DNI: 33.825.207.
Domicilio: Concepción Arenal, nº 35-37, 4ºC. Monforte de Lemos (Lugo).
Infracciones cometidas: incumplir la normativa vigente para la autorización y registro de los establecimientos.
Precepto infringido: artículo 5º.1 de la Ley 1/1993.
Preceptos sancionadores: artículo 20º c), e) y 21º.1 f), de la Ley 1/993.
Sanción: multa de 75.000 pesetas.