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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Lunes, 18 de enero de 1999 Pág. 576

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE CARBALLO

CÉDULA de notificación (177/1998).

Yo, Belén Rey Baamonde, secretaria del Juzgado de Instrucción número uno de Carballo, doy fe y certifico:

Que en juicio de faltas número 177/1998, seguido ante este juzgado por lesiones en agresión, siendo denunciante Juan Iglesias Domínguez y denunciado Manuel Pereiro Castiñeiras y otros, en los que recayó sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia número. En Carballo, tres de noviembre de mil novecientos noventa y ocho. Vistos por Carolina Montero Trabanco, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Carballo, los presentes autos de juicio de faltas 177/1998, sobre lesiones en que han sido partes el Ministerio Fiscal en representación de la acción pública, como denunciante, Juan Iglesias Domínguez, como denunciados, Manuel Pereiro Castiñeiras, Braulio Arias Blanco, Germán Arias Blanco y "Ver PDF", no habiendo comparecido ninguna de las partes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Constitución, en nombre de El-Rey ha dictado la siguiente.

Fallo. Que debo absolver y absuelvo a Manuel Pereiro Castiñeiras, Braulio Arias Blanco, Germán Arias Blanco y "Ver PDF" de los hechos que dieron lugar a este procedimiento con declaración de oficio de las costas causadas. Notifíquese la presente resolución a las partes previniéndoles que contra la misma podrán interponer, ante este juzgado, recurso

de apelación en el plazo de cinco días mediante escrito motivado. Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a Manuel Pereiro Castiñeiras, que se encuentra en paradero desconocido, y para su inserción en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo la presente cédula en Carballo, a tres de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

La secretaria

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