De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), se le notifica a las personas mencionadas a continuación (que no pudieron ser notificadas en el último domicilio conocido que asimismo se indica), la resolución del expediente sancionador nº 36-59-1998, por infracción en materia de defensa del consumidor.
Contra dicha resolución cabe interponer recurso ordinario ante el presidente del Instituto Gallego de Consumo en el plazo de un mes a partir de esta notificación. Si no fuese recurrida en dicho plazo, la sanción devendrá firme y ejecutiva y podrá hacerse efectiva en período voluntario, en el subsiguiente plazo de 15 días hábiles en cualquier entidad financiera, en la cuenta nº 3110001136 de Caixa Galicia (2091)-Oficina de Relaciones con Organismos (0388).
Expediente: 36-59-1998.
Inculpado: Manuel Rodríguez Alves.
Domicilio: Rotea de Arriba, 5-Sampaio-Vigo.
Motivos: carecer de licencias para el ejercicio de la actividad de reparación de automóviles, así como de la placa de industria y leyendas obligatorias.
Sanción: 75.000 pesetas.
Fecha de resolución: 25-11-1998.
Pontevedra, 26 de noviembre de 1998.
Carmen Bianchi Valcarce
Delegada provincial del Instituto Gallego de
Consumo