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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Miercoles, 23 de diciembre de 1998 Pág. 13.637

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 363/1998, de 10 de diciembre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Barro (Pontevedra), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de accesos a los núcleos de Portela, Caeiro y otros.

El Ayuntamiento de Barro (Pontevedra), en sesión celebrada el día 23 de abril de 1998, aprobó el proyecto de accesos a los núcleos Portela, Caeiro y otros,

y en la misma sesión acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. El ayuntamiento ha remitido la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 24 de septiembre de 1998.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, el día 26 de noviembre de 1998.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque la necesidad de mejorar la red viaria del municipio, y poder dotar a las viviendas de los núcleos rurales tradicionales de accesos asfaltados y con un ancho mínimo, hace que sea necesario proceder a la expropiación de los terrenos. Con la ejecución de dicho proyecto, se dota a los núcleos de población de unos viales que mejoran la seguridad vial, así como a las industrias instaladas en la zona, de una infraestructura que colabora en su mejor desarrollo, favoreciendo la instalación de otras nuevas.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día diez de diciembre de mil novecientos noventa y ocho,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Barro (Pontevedra), a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de accesos a los núcleos de Portela, Caeiro y otros.

Santiago de Compostela, diez de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales