La Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 6, señala la obligación de que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la consellería de Economía y Hacienda, y publicadas en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y después de emitido el preceptivo informe favorable por la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería
DISPONE:
Artículo único
1. Quedan aprobados los precios de venta al público de las publicaciones editadas por esta consellería que se relacionan en el anexo.
2. Estos precios se entenderán, en su caso, con IVA incluido.
Santiago de Compostela, 18 de noviembre de 1998.
Jesús Pérez Varela
Conselleiro de Cultura, Comunicación Social
y Turismo
ANEXO
Semánticas do vídeo (gallego): 500 ptas.
Semánticas del vídeo (castellano): 500 ptas.
O fantástico: oito prismas. Cine de verán na terraza do CGAC (gallego): 500 ptas.
El fantástico: ocho prismas. Cine de verano en la terraza del CGAC (castellano): 500 ptas.
Carlos Alcolea (gallego, castellano, inglés): 3.000 ptas.
Colección Schwitters (gallego, castellano, inglés): 3.000 ptas.
Hans Hemmert (gallego, castellano, inglés): 1.500 ptas.