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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 246 Martes, 22 de diciembre de 1998 Pág. 13.611

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 1998, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se resuelve el concurso de traslados del personal laboral L-01/1998 convocado por Orden de 20 de julio de 1998.

Convocado el concurso de traslados del personal laboral por orden de esta consellería de 20 de julio de 1998 (DOG nº 142, del 24 de julio) esta dirección general, de conformidad con lo previsto en la base siete de la orden de la convocatoria y a la vista de la propuesta de adjudicación de vacantes a los participantes en la primera y segunda fase del concurso elevada por la comisión de valoración de méritos,

DISPONE:

Primero.-Resolver definitivamente el concurso de traslados del personal laboral L-01/1998, adjudicando a los trabajadores que se relacionan en los anexos I y II los puestos de trabajo que se especifican en ellos, tanto en la primera fase del concurso como en la fase de resultas.

Segundo.-El personal relacionado en los anexos I y II, de conformidad con lo dispuesto en la base octava de la convocatoria, deberá cesar en su puesto de trabajo en el plazo de tres días, a contar desde el día 11 de enero de 1999. El plazo para tomar posesión en el nuevo puesto será de tres días si el destino del nuevo puesto radica en la misma localidad de la residencia habitual del concursante o de un mes si radica en localidad distinta.

Si a la fecha del cese o del inicio del cómputo del plazo posesorio el personal está gozando de un período de licencia, vacaciones, permiso o incapacidad temporal, el cómputo de los mismos comenzará el día siguiente de la reincorporación al puesto de trabajo.

Tercero.-No obstante, en el supuesto de que la plaza de destino se encuentre ocupada por un contratado laboral temporal cuyo contrato no exceda de seis meses para su finalización, la Administración podrá prorrogar el cese del adjudicatario en su puesto de procedencia en tanto no finalice el contrato temporal referido. Asimismo, se tendrá en cuenta lo previsto en la base 8.2º en relación con el artículo 36.1º b) del III convenio único del personal laboral de la Xunta de Galicia.

Cuarto.-Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses a partir del día de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de diciembre de 1998.

Joaquín López-Rúa Soler

Director general de la Función Pública

AG.-Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria.

CU.-Cultura, Comunicación Social y Turismo.

ED.-Educación y Ordenación Universitaria.

EF.-Economía y Hacienda.

FA.-Familia, Promoción del Empleo, Mujer y Juventud.

IC.-Industria y Comercio.

MA.-Medio Ambiente.

OT.-Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.

PE.-Pesca, Marisqueo y Acuicultura.

PR.-Presidencia y Administración Pública.

SA.-Sanidad y Servicios Sociales.

XU.-Justicia, Interior y Relaciones Laborales.