La Ley 31/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 6, señala la obligación de que los precios privados sean publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y después de emitido el preceptivo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería
DISPONE:
Artículo único.
1. Quedan aprobados los precios de venta al público de las publicaciones que se relacionan en el anexo.
2. Estos precios se entenderán con IVA incluido.
Santiago de Compostela, 4 de diciembre de 1998.
Manuela López Besteiro
Conselleira de Familia y Promoción de Empleo,
Mujer y Juventud
ANEXO
-Centros de Menores, de Onte a Hoxe: 2.500 pesetas.
-III Plan de Igualdad de Oportunidades de las Mujeres Gallegas. 1998-2001: 800 ptas.
-III Plan de Igualdade de Oportunidades das Mulleres Galegas. 1998-2001: 800 ptas.
-Crea a Túa Empresa: 900 ptas.
-II Plan Integral de Apoio á Familia: 1.000 ptas.
-Outono Fotográfico 1998: 1.700 ptas.