La Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de taxas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 6 señala la obligación de que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, y publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y después de emitido informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería
DISPONE:
Artículo único
1. Quedan aprobados los precios de venta al público de las publicaciones editadas por esta consellería y que se relacionan en el anexo.
2. Estos precios se entenderán con IVA incluido.
Santiago de Compostela, 29 de octubre de 1998.
José María Hernández Cochón
Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales
ANEXO I
-Normativa de policía sanitaria mortuoria (en galego): 320 pesetas.-O Parkinson. Guía da enfermidade de Parkinson: 696 pesetas.-Estrés e inmunidade: 1.978 pesetas.-La implantación en España de la clasificación internacional de enfermedades 10ª revisión (CIE-10ª REV): 2.000 pesetas.