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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 226 Viernes, 20 de noviembre de 1998 Pág. 12.489

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 27 de octubre de 1998 por la que se clasifica como de interés cultural la Fundación Mayeusis.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Mayeusis, con domicilio en Pontevedra.

Supuestos de hecho.

1. La fundación, en escrito de 2 de octubre de 1998, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Vigo, el día 16 de julio de 1998, ante el notario José María Rueda Pérez, con el número dos mil ochenta y nueve de su protocolo, por Felipe Ángel Estévez Vila, Jaime Estévez Vila, José Antonio Gómez Amorín y Alfredo Comesaña Paz que intervienen en su propio nombre y derecho.

3. Según consta en el artículo siete de sus estatutos, el objeto de la fundación es, entre otros, la realización de toda clase de actividades musicales, sociales, culturales y artísticas tendentes a conseguir el fomento y el desarrollo en todos los niveles sociales del amor a la música, a la danza, al teatro y al arte en general y en especial a la música, a la danza y al teatro, al arte y a la cultura gallegos.

4. El patronato de la fundación estará constituido por Felipe Ángel Estévez Vila como presidente, Jaime Estévez Vila como vicepresidente primero, José Antonio Gómez Amorín como vicepresidente segundo y Alfredo Comesaña Paz como secretario.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de la Presidencia y Administración Pública propuesta de clasificación como de interés cultural de la Fundación Mayeusis, dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como de interés cultural y

su adscripción a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la comisión de secretarios generales en su reunión del día 26 de octubre de 1998.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como de interés cultural la Fundación Mayeusis adscribiéndola a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 27 de octubre de 1998.

Dositeo Rodríguez Rodríguez

Conselleiro de la Presidencia y Administración

Pública