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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 220 Jueves, 12 de noviembre de 1998 Pág. 12.157

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 1998, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se incoa expediente para la delimitación del entorno de protección del monasterio de Santa María, en el municipio de Monfero, provincia de A Coruña.

Por Decreto de 3 de junio de 1931, (Gaceta de Madrid del 4 de junio) fue declarado monumento histórico-artístico el monasterio de Santa María, en el municipio de Monfero, provincia de A Coruña.

Siendo la mentada declaración anterior a la entrada en vigor de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del patrimonio histórico español (BOE del 29 de junio), es preciso en la actualidad concretar la delimitación de

su entorno de protección, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia (Diario Oficial de Galicia, del 8 de noviembre).

En consecuencia, vistos informes de los servicios técnicos de esta dirección general y órganos consultivos de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, en materia de bienes culturales, esta dirección general

RESUELVE:

Primero.-Incoar expediente para la delimitación del entorno de protección del monasterio de Santa María, en el municipio de Monfero, provincia de A Coruña, según lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.

Segundo.-Delimitar la zona afectada por la mentada incoación de manera que se especifica literal y gráficamente en los anexos I y II de la presente resolución.

Tercero.-Notificar la presente resolución al ayuntamiento, al Registro de Bienes de Interés Cultural del Estado, al Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia, y demás interesados.

Cuatro.-Por tratarse de un bien inmueble, y de conformidad con el artículo 35 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia, quedan en suspenso las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. La suspensión dependerá de la resolucjón o caducidad del expediente incoado.

Las obras que, por causa de fuerza mayor, interés general o urgencia, hubiesen de realizarse con carácter inaplazable, precisarán en todo caso autorización de los organismos competentes de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.

Quinto.-La presente resolución será publicada en el Diario Oficial de Galicia y BOE, abriéndose un período de información pública de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 22 de octubre de 1998.

Ángel Sicart Giménez

Director general de Patrimonio Cultural

ANEXO I

A-B-C-D-E Línea que, partiendo del lugar de Visura, discurre por la pista asfaltada que parte hacia Bouzamaior, y a 1.110 m, antes de llegar al lugar de Piladaleña, se desvía a la derecha para unir las cimas del monte Chouso (a cotas 559.0 y 556.0) y después bajar por la divisoira de las aguas hasta enlazar con la pista asfaltada que lleva al lugar de Dialcabo e Illa.

E-F Línea que discurre por dicha pista, en dirección oeste, hasta enlazar con la carretera que va del núcleo de Monfero al Monasterio.

F-G-H Línea que discurre por la antedicha carretera Monfero-Monasterio unos 300 m para desviarse a la izquierda por una senda que lleva al lugar do Rego de Eixo, parándose 200 m antes de llegar al lugar, donde parte a la derecha, una pista sin asfaltar.

H-I-A Línea que comienza en la antedicha pista sin asfaltar y discurre unos 700 m y se desvía, a la deracha, por un camino vecinal que conduce al lugar de Visura, cerrando así la delimitación.