Finalizado el proceso de selección de los beneficiarios de las acciones de apoyo económico a los estudiantes universitarios, correspondientes a los anexos I, II, IV, V, VI y VII de la Orden de 27 de marzo de 1998 (DOG nº 65, del 6 de abril) por la que se convocan las citadas acciones, y una vez atendida la propuesta de la comisión evaluadora nombrada al efecto según Resolución de 30 de junio de 1998 (DOG nº 130, del 8 de julio), procede hacer pública la relación provisional de beneficiarios de conformidad con las respectivas bases:
En consecuencia, esta dirección general
RESUELVE:
Primero.-Hacer pública la relación provisional de solicitantes beneficiarios y excluidos de las acciones de apoyo económico a los estudiantes universitarios convocadas por la Orden de 27 de marzo de 1998 (DOG nº 65, del 6 de abril), detalladas a continuación:
Anexo I: ayudas a asociaciones de estudiantes de las universidades gallegas.
Anexo II: ayudas a estudiantes de las universidades gallegas para la realización de viajes culturales de carácter pedagógico.
Anexo IV: ayudas complementarias a las becas de carácter general de estudios universitarios convocadas por el Ministerio de Educación y Cultura (curso 1997-1998) dirigidas a estudiantes con residencia en Galicia pero que cursan estudios de carácter oficial y validez nacional en las universidades públicas de fuera de Galicia.
Anexo V: ayudas de desplazamiento para la realización de prácticas reconocidas en los planes de estudio correspondientes a las titulaciones autorizadas por la Xunta de Galicia en las universidades gallegas.
Anexo VI: financiación de viajes para estancias en algún Estado miembro de la Unión Europea al objeto de conocer la lengua de ese país.
Anexo VII: ayudas complementarias del programa de acción de la Unión Europea de movilidad de estudiantes (Sócrates-Erasmus).
Segundo.-Las listas provisionales de beneficiarios y excluidos estarán expuestas en los tablones de anuncios de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, de sus delegaciones provinciales y de los vicerrectorados de estudiantes de las tres universidades gallegas. También se podrá acceder a las citadas listas a través de la página Web de la Xunta de Galicia (Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, Dirección General de Universidades, Servicio de Apoyo y Orientación a los Estudiantes Universitarios).
Tercero.-Contra esta resolución se podrá formular reclamación en el plazo de diez (10) días, contados desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
La reclamación se presentará en el registro general de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 21 de septiembre de 1998.
José Eduardo López Pereira
Director general de Universidades
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