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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 169 Martes, 01 de septiembre de 1998 Pág. 9.877

III. OTRAS DISPOSICIONES

ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 14 de agosto de 1998 por la que se convoca el V curso para la obtención del diploma de inspección de servicios de la Xunta de Galicia.

El Decreto 121/1992, de 14 de mayo (DOG nº 96, del 21 de mayo) regula la estructura orgánica y las

funciónes de la Inspección General de Servicios de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

Para el desempeño de determinados puestos de trabajo, la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia (DOG nº 104, del 1 de junio), modificada por la Ley 4/1991, de 8 de marzo (DOG nº 51, del 13 de junio) en su artículo 27.2º, establece como requisito necesario estar en posesión de diploma específico.

La Orden del 6 de mayo de 1992 (DOG nº 88, del 11 de mayo) establece que para el desempeño de los puestos de trabajo de inspectores y subinspectores de servicios será requisito necesario estar en posesión del diploma de inspección de servicios expedido por la EGAP (artículo 1), añadiendo que, para la obtención del citado diploma, será necesario conseguir el resultado favorable en el curso convocado para el efecto (artículo 2).

En consecuencia, se convoca el V curso para la obtención del diploma de Inspección de Servicios que deberá desarrollarse conforme a las siguientes bases:

Primera.-Objeto del curso.

El presente curso tiene por objeto ofrecer la formación específica y los conocimientos prácticos necesarios que garanticen que los que lo superen reúnan las exigencias de idoneidad necesarias para poder acceder, en su caso, a los puestos de trabajo correspondientes a inspectores e subinspectores de servicios.

Segunda.-Solicitantes.

Podrán solicitar su participación en el curso los funcionarios que, con referencia al último día del plazo de presentación de instancias, reúnan los siguientes requisitos:

a) Pertenecer a un cuerpo o escala de los grupos A o B de cualquiera Administración Pública, incluidos en el ámbito de la aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública y de la Ley 4/1988, del 26 de mayo, de la función pública de Galicia.

b) Estar en situación de servicio activo o servicios especiales en alguna de las administraciones públicas.

c) Haber prestado servicios en cualquiera Administración pública por un tiempo mínimo de 3 años.

Tercera.-Instancias, memoria y plazo de presentación.

Las instancias se presentarán según el modelo que figura como anexo I de la presente convocatoria. A ellas se unirá las certificaciones a las que se hace referencia en el anexo II, así como los documentos (originales o copias compulsadas) justificativas de estas.

Los solicitantes deberán presentar, junto con la instancia, una memoria sobre el siguiente tema: reflexión personal sobre posibles medidas de reforma en las administraciones públicas españolas. Dicha memoria tendrá una extensión máxima de diez folios.

Los anexos I e II, junto con la documentación que corresponda, si es el caso, así como la memoria y la autorización del superior jerárquico para participar en el curso, se presentarán en el registro general de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, sito en el edificio administrativo nº 1 de San Caetano, o por cualquiera de los medios previstos por la normativa reguladora del procedimiento administrativo.

El plazo de presentación es de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarta.-Comisión de selección.

La selección de los participantes en el curso será realizada por una comisión integrada por los siguientes miembros:

Presidente: el director general de la Inspección General de Servicios.

Vocales: el director general-jefe de la Asesoría Jurídica de la Xunta de Galicia, el director general de Función Pública, el director de la Escuela Gallega de Administración Pública, el director del curso, un representante de las organizaciones sindicales presentes en la mesa de negociación de la Xunta de Galicia y un inspector de servicios designado por el director general de la Inpección General de Servicios, que hará de secretario de la comisión, con voz, pero sin voto.

Quinta.-Selección de los participantes.

La selección de los participantes la hará la comisión en dos fases:

-Baremo de méritos.

-Entrevista personal.

Sexta.-Baremo de méritos.

En el baremo se valorará, hasta un máximo de 4 puntos, los siguientes méritos adquiridos hasta la fecha de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

A) Pertenecer a los grupos A o B:

-Por pertenecer al grupo A: 2 puntos.

-Por pertenecer al grupo B: 1 punto.

El pertenecer a uno u outro grupo deberá ser certificado, segundo o anexo II, por el responsable de los servicios de personal del que dependa el solicitante.

En caso de que una persona pertenezca a los dos grupos, solo se valorará el pertenecer al grupo A.

B) Experiencia en puestos de trabajo relacionados con tareas de organización, racionalización y administración presupuestaria, de personal y sistemas de información, tanto en la Administración pública como en la empresa privada: 0,10 puntos por cada año hasta un máximo de 2 puntos.

La experiencia desarrollada en la Administración pública deberá ser certificada, según el anexo II, por el responsable de los servicios de personal de que dependa el solicitante. Las fechas de referencia, para efectos del cómputo del tiempo, serán las que figuren en las diligencias de toma de posesión y de cese.

La experiencia desarrollada en la empresa privada se acreditará mediante la presentación de copia compulsada del correspondiente contrato y/o certificación de la empresa en la que consten la categoría profesional, las funciones desarrolladas y la duración del contrato de trabajo.

Séptima.-Entrevista personal.

La entrevista se valorará de 0 a 4 puntos y se orientará a determinar las condiciones intelectuales y profesionales, calidades humanas e idoneidad de los aspirantes para el desarrollo de los puestos de inspector y subinspector de servicios. A este efecto la comisión de valoración le formulará al aspirante las preguntas que estime procedentes sobre a estructura, contenido y conclusiones de la memoria presentada.

Octava.-Relación de participantes.

Efectuada la valoración de los méritos, se publicará en el tablón de anuncios de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, con el fin de que en el plazo de 5 días los aspirantes formulen las alegaciones que juzguen convenientes.

Finalizadas las entrevistas, la relación de admitidos se publicará igualmente en el tablón de anuncios de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, sin prejuicio de comunicarselo directamente a los interesados.

Contra la citada publicación se poderá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes ante el conselleiro de la Presidencia y Administración Pública.

Novena.-Características del curso.

-Número de plazas: 25.

-Lugar de celebración: Escuela Gallega de Administración Pública. Polígono de As Fontiñas, s/n. Santiago de Compostela.

-Duración: 150 horas durante los meses de octubre, noviembre y deciembre de 1998, repartidas en horas lectivas y de realización de los trabajos prácticos.

-Horario: generalmente los jueves y viernes en sesiones de mañana y tarde en semanas alternas.

Décima.-Modificaciones.

La Inspección General de Servicios podrá modificar la duración, fechas y horarios mencionados para adaptarlos a las necesidades administrativas y a las contingencias que surjan en el desarrollo del curso.

Undécima.-Contenido del curso.

Estará constituido por el desarrollo teórico-práctico de los siguientes módulos:

Módulo I:

Título: aptitudes y habilidades para el trabajo de inspector y subinspector de servicios.

Contenido: efectos humanos de la relación del inspector de servicios con las unidades. Variables a tener en cuenta en la implantación de un sistema de control. La utilización de los resultados del control para la mejora de la gestión. La relación de entrevista.

Módulo II:

Título: técnicas de descripción y análisis de procedimientos y procesos administrativos.

Contenido: técnicas de descripción de procedimientos: flujogramación y documentación. Metodología de análisis de procedimientos y oportunidades de simplificación y racionalización. El SGPA: el papel de la Inspección de Servicios.

Módulo III:

Título: análisis de estructuras y cargas de trabajo. Evaluación del rendimiento.

Contenido: técnicas de análisis de estructuras y cargas de trabajo. Análisis de estructuras organizativas. Técnicas de evaluación del rendimiento.

Módulo IV:

Título: metodología y técnicas de inspección operativa de servicios.

Contenido: modalidades de proyectos de intervención organizativa. Técnicas de inspección y auditoría operativa. Proyectos de mejora organizativa: metodología.

Decimosegunda.-Asistencia.

Es obligatoria la asistencia y puntualidad a todas las actividades del curso. La ausencia justificada deberá ser autorizada por el director del curso.

La falta de asistencia, aún que esté justificada, en más del 20% de las horas lectivas determinará tambien la calificación de no apto en el curso.

Decimotercera.-Evaluación del curso.

A lo largo del curso se efectuará una evaluación del trabajo realizado por los participantes, considerando, para tal efecto, su grado de dedicación y el aprovechamiento obtenido del contenido de los diversos módulos.

Decimocuarta.-Expedición del diploma.

Finalizado el curso, su director elevará propuesta de los participantes considerados aptos al inspector general de servicios, que dictará resolución definitiva. La Escuela Gallega de Administración Pública procederá a la expedición del diploma de Inspección de Servicios.

Santiago de Compostela, 14 de agosto de 1998.

Domingo Bello Janeiro

Director de la Escuela Gallega de Administración Pública

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