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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 165 Miercoles, 26 de agosto de 1998 Pág. 9.725

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 4 de agosto de 1998, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, depósito y publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la corrección de errores del convenio colectivo del sector de la carpintería de ribera.

Vista la publicación del texto del convenio colectivo del sector de la carpintería de ribera de la provincia de Pontevedra, firmado únicamente en castellano, en el DOG nº 130, del 8 de julio, y advertido un error de transcripción, pues el artículo 19.4º mantiene la misma redacción que en el convenio de 1997, que establece la paga en 24 días y no hace referencia al devengo. Procede, pues, efectuar las siguientes correcciones:

4º.-Donde dice: «veinticuatro días» debe decir: «veinticinco días (25)». Además hay que añadir en

el artículo 19.4º lo siguiente: «El devengo de la paga de marzo será del 1 de marzo al 28 de febrero».

A tenor de lo dispuesto en el artículo 105.2º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, esta delegación provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

ACUERDA:

Rectificar el error material producido en la publicación de dicho convenio colectivo, en la forma explicitada, publicándose la presente resolución en el DOG con comunicación a las partes.

Vigo, 4 de agosto de 1998.

Francisco Ramón Hermo Rey

Delegado provincial en funciones de Pontevedra

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