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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 157 Viernes, 14 de agosto de 1998 Pág. 9.423

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

DECRETO 241/1998, de 24 de julio, por el que se acepta la cesión a título gratuito de una parcela de 835 m, hecha a favor del Servicio Gallego de Salud por el Ayuntamiento de Vigo para la construcción de un centro de salud.

El Ayuntamiento de Vigo, en sesión celebrada el treinta y uno de marzo de mil novecientos noventa y cinco, acordó ceder al Servicio Gallego de Salud la parcela o bloque 14 de las incluidas en el proyecto de compensación de la unidad de ejecución Rosalía de Castro I, con una extensión superficial de 835 m, para la construcción de un centro de salud.

Conforme al artículo 17.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma, se requiere decreto del Consello de la Xunta de Galicia para la adquisición de bienes a título gratuíto. Por otra banda, el artículo 23.1º de la misma ley establece que no se podrán adquirir bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor global de los gravámenes, cargas y afecciones impuestas sobre los mismos sobrepasa su valor intrínseco. No se considerarán carga, gravamen o afección las inversiones que haya de realizar la Comunidad Autónoma para dar el destino de uso general o servicio público de su competencia que fije el cedente.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma, a propuesta del conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales y presidente del Servicio Gallego de Salud, y de conformidad con las condiciones esti

puladas en el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 31 de marzo de 1995, y según las determinaciones contenidas en el estudio de detalle que desarrolla el Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Vigo, después de la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticuatro de julio de mil novecientos noventa y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1º

1. Se acepta la cesión a título gratuito de un inmueble propiedad del Ayuntamiento de Vigo, hecha a favor del Servicio Gallego de Salud, para la construcción de un centro de salud.

2. La parcela cedida tiene una superficie de 835 m y es la número 14 de las incluidas en el proyecto de compensación de la unidad de ejecución Rosalía de Castro 1, siendo sus lindes los siguientes:

- Al norte: límite del ámbito de la unidad de ejecución de la que forma parte.

- Al sur: calle Rosalía de Castro, en cuya fachada se proyecta una zona de soportales y acceso a plaza pública en propia parcela.

- Al este: parcela 13 de Ucha y Cía, S.L. y otros.

- Al oeste: parcela 15 con edificio de Ernesto Vázquez Álvarez.

3. El inmueble objeto de la cesión está inscrito en el Registro de la Propiedad número 1 a favor del Ayuntamiento de Vigo, en el tomo 990, folio 78, finca n 68.860, inscripción primera.

Artículo 2º

El inmueble se cede según lo establecido en los artículos 23.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma y 38 de su Reglamento y de acuerdo con las determinaciones contenidas en el estudio de detalle que desarrolla el Plan General de Ordenación Urbana de Vigo y se destinará a la construcción de un centro de salud.

Artículo 3º

El Servicio Gallego de Salud, a través de su órgano competente, procederá a la formalización de la aceptación en el correspondiente documento público, inscribiéndose en el Registro de la Propiedad a su nombre e integrándose en su patrimonio propio.

Disposición final

El Servicio Gallego de Salud, a través de su órgano competente, llevará a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en este decreto.

Santiago de Compostela, veinticuatro de julio de mil novecientos noventa y ocho.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José María Hernández Cochón

Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales

y presidente del Servicio Gallego de Salud

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