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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 147 Viernes, 31 de julio de 1998 Pág. 8.927

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

RESOLUCIÓN de 14 de julio de 1998 sobre la vigencia de las solicitudes de ayudas, presentadas al amparo de la anulada Orden de 3 de enero de 1995, en relación con la Orden de 13 de julio de 1998, por la que se establecen las normas para la concesión de ayudas para la renovación y modernización de la flota pesquera.

La Orden de 3 de enero de 1995, dictada en aplicación y desarrollo del Decreto 278/1994, de 8 de septiembre, por el que se establece el programa de ayudas con finalidad estructural en el sector de la pesca, la acuicultura y la transformación y comercialización de sus productos, se utiliza en las distintas convocatorias de ayudas para la renovación de la flota pesquera gallega.

Con la entrada en vigor de la Orden de 13 de julio de 1998, por la que se establecen las normas para la concesión de ayudas para la renovación y modernización de la flota pesquera, se considera necesario determinar expresamente que las solicitudes presentadas al amparo de la disposición de carácter general anulada mantendrán su vigencia respecto de la que la sustituya. Por todo lo que antecede,

RESUELVO:

Las solicitudes de ayudas presentadas al amparo de la anulada Orden de 3 de enero de 1995, que se encuentren en trámite o pendientes de decisión, se resolverán de acuerdo con la normativa establecida en la Orden de 13 de julio de 1998.

Santiago de Compostela, 14 de julio de 1998.

Amancio Landín Jaráiz

Conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura

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