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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 146 Jueves, 30 de julio de 1998 Pág. 8.753

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

ORDEN de 15 de julio de 1998 por la que se crea la Comisión Asesora en Psicogeriatría.

En las últimas décadas se experimentaron en Galicia cambios notables en relación con la demencia, desde distintos puntos de vista. En este sentido no sólo se modificó el concepto que tiene la población de este padecimiento sino que además se multiplicó la preocupación social y cambió el plantamiento asistencial, desde la perspectiva médica y social tanto en lo referente a las infraestructuras o medidas desarrolladas por las instituciones públicas y privadas para atender a los pacientes con demencia como en el apoyo y formación a sus familias cuidadoras.

El envejecimiento de la población gallega es de sobra conocido, con una esperanza de vida superior a la de otros países industrializados (más de 77 años) y una proporción elevada de personas de la tercera edad, hecho que permite supoñer a existencia dunha prevalencia importante de individuos con demencia e especialmente cos enfermidade de Alzheimer.

El elevado número de personas que padecen demencia y la enfermedad de Alzheimer en nuestra

Comunidad Autónoma, con el consiguiente deterioro que se produce en la vida del individuo y en las personas que los rodean, motiva la necesidad de crear un órgano asesor de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales en esta materia.

Por todo ello, en uso de las facultades que me confieren los artículos 34 y 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se crea la Comisión Asesora en Materia de Psicogeriatría.

Artículo 2º

La Comisión Asesora tendrá la siguiente composición:

a) Presidente: el director general de la División de Asistencia Sanitaria.

b) Vicepresidente: el subdirector general de Coordinación y Evaluación Asistencial.

c) Secretario: el subdirector general del Programa de Atención Sociosanitaria.

d) Vocales:

-El subdirector general de Farmacia y Productos Sanitarios.-El jefe del Servicio de Salud Mental.-Un representante de la Federación de Asociaciones Gallegas de Familiares de enfermos de Alzheimer (Fagal), nombrado a instancia de la misma.-Dos vocales designados por el director general de Servicios Sociales.-Cinco vocales, designados por el director general de la División de Asistencia Sanitaria, pertenecientes a los siguientes colectivos:

-Un médico especialista en neurología,

-Un médico especialista en psicogeriatría

-Un médico de atención primaria.

-Una enfermera de atención primaria.

-Un geriatra o gerocultor.

Artículo 3º

Le corresponden a la Comisión Asesora en Psicogeriatría las siguientes funciones:

a) Asesorar a los órganos competentes de la Cosellería de Sanidad y Servicios Sociales, así como a los organismos que dependen de esta, sobre la organización de la atención de las personas mayores con enfermedades psicogeriátricas.

b) Establecer los protocólos de utilización para la detecciónde la enfermedad en su inicio, aplicables

por los médicos de atención primaria.

c) Establecer los protocolos de seguimiento multidisciplinar para los enfermos ya diagnosticados.

d) Elaborar estudios e informes sobre la prescripción correcta, los medicamentos indicados para el tratamiento de la enfermedad de Alzheirmer.

e) Establecer un protocolo de utilización de los medicamentos en el tratamiento de Alzheimer y otras demencias.

f) Promover la información y aplicación de las recomendaciones efectuadas en cuanto a aplicación de los protocolos sobre diagnóstico, seguimiento y tratamiento farmacoterapeútico a través de una hoja informativa de la comisión.

g) Proponer la adopción de las medidas precisas para crear un registro de enfermos, garantizando la confidencialidad y con los fines que promuevan la mejora de la atención al enfermo y facilite los cuidados al cuidador habitual.

h) Proponer las actuaciones destinadas al apoyo y formación de las familias a cargo de personas mayores con demencia.

i) Impulsar el movimiento asociativo y voluntariado social en este campo.

k) Aquellas otras funciones que por parte de su presidente se consideren oportunas.

2. La comisión a través de su presidente podrá solicitar asesoramiento a los expertos que considere oportunos para las funciones que se les encomienden.

Diposiciones finales

Primera.-Se faculta al director general de la División de Asistencia Sanitaria par a doptar las medidas adecuadas en relación con la ejecución y desarrollo de la presente orden.

Segunda.-La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 15 de julio de 1998.

José María Hernández Cochón

Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales

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