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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 133 Lunes, 13 de julio de 1998 Pág. 7.895

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA GALICIA (SALA DE LO CONT.-ADMTIVO. S.2ª)

EDICTO (6050/1997).

Yo, Isabel Freire Corzo, secretaria de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, certifico que en el recurso número 6050 de 1997, interpuesto por Coco Félix, contra resolución del Ministerio de Interior de 6 de mayo de 1997, en expediente 9628092007, por la que se deniega el reconocimiento de la condición de refugiado al recurrente y el derecho

de asilo, con fecha 1 de septiembre de 1997, se dictó la resolución que, entre otros particulares, es del tenor siguiente:

«... y habiendo entrado en vigor la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita (BOE 793, del 12-1-1996), hágase saber al recurrente que para tramitar dicha petición deberá formular la solicitud ante el Colegio de Abogados de esta ciudad, o ante el juzgado de su domicilio, al objeto de que por las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita se pueda proceder al estudio de la misma y decidir si concurren o no los requisitos para la obtención de dicha asistencia. Todo ello con el apercibimiento de que, caso de no presentar la solicitud dentro del plazo de treinta días, se procederá sin más trámite al archivo de las actuaciones, debiéndose acreditar ante esta sala la efectiva presentación de dicha solicitud, dentro de los diez días siguientes a la terminación del anterior plazo».

Y para que conste y sirva de notificación a Coco Félix, expido y firmo el presente edicto en A Coruña a quince de junio de mil novecientos noventa y ocho.

La secretaria

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