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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Martes, 02 de junio de 1998 Pág. 6.000

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 1998, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, depósito y publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Cointer, S.L. (Compañía de Coordinación de Comercio Internacional, S.L.).

Visto el expediente de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Cointer, S.L. Compañía de Coordinación de Convenio Internacional, S.L. que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 29-4-1998, suscrito en representación de la parte económica por una representación de la empresa, y de la parte social, por el delegado de personal, en fecha 27-2-1998. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del convenio colectivo y en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 4 de mayo de 1998.

Antonio Coello Bufill

Delegado provincial de Pontevedra

Comisión para la discusión del convenio

colectivo

de trabajo para la empresa Compañía de Coordinación de Comercio

Internacional, S.L., y empleados de la misma.

ACTA

Comisión.

-Por la empresa:

Ceferino Nogueira García.

-Por los trabajadores:

Fco. Javier Rosales Fandiño.

En Marín, siendo las doce horas del día veintisiete de febrero de mil novecientos noventa y ocho, se reunen los arriba mencionados en el domicilio social de la empresa, con objeto de llegar a un acuerdo sobre la revisión de la tabla salarial del convenio colectivo

firmado el pasado diez de agosto de mil novecientos noventa y siete.

Después de un amplio cambio de impresiones, se adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos:

Uno.-La tabla salarial para el ejercicio de 1998 será la que se refleja en hoja anexa, resultante de aplicar a la de 1997 un 2,8% de incremento.

Dos.-Modificar el artículo 23 del convenio colectivo indicado anteriormente, quedando redactado como sigue:

Se establece un plus de transporte de carácter mensual por importe de 8.500 pesetas, que tiene a todos los efectos naturaleza indemnizatoria no salarial. Para el personal eventual se establece un plus de transporte por jornada de 320 pesetas, que tiene asimismo a todos los efectos naturaleza indemnizatoria no salarial.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, firmando la presente acta, así como la tabla salarial anexa, los arriba mencionados.

-Por la empresa:

Ceferino Nogueira García.

-Por los trabajadores:-Fco. Javier Rosales Fandiño.