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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 90 Miercoles, 13 de mayo de 1998 Pág. 5.175

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

ORDEN de 27 de abril de 1998 por la que se abre nuevo plazo para solicitud de suscripción de convenios de colaboración con asociaciones privadas sin ánimo de lucro que desarrollen programas de prevención e incorporación social de drogodependencias.

A través de la Orden de 25 de abril de 1994 (DOG nº 93, del 16 de mayo, páginas 2.855-2.869), la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales estableció las bases reguladoras de un régimen de convenios de colaboración con asociaciones privadas sin ánimo de lucro que, en el ámbito de la Comunidad Autónoma, desarrollen programas de prevención e incorporación social de drogodependientes, con el objeto de facilitar, garantizar y dar continuidad a la prestación de estos programas que las asociaciones privadas sin ánimo de lucro vienen desarrollando.

La disposición adicional de la Orden de 25 de abril de 1994 contempla la posibilidad de establecer, periódicamente, nuevos plazos de prestación de solicitudes para que asociaciones privadas sin ánimo de lucro puedan acogerse a este régimen de convenios y apoyar el desarrollo de programas de prevención e incorporación social en el marco del Plan de Galicia sobre Drogas.

En consecuencia, en el uso de las facultades que me confieren los artículos 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente reformada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, y el artículo 3 del Decreto 48/1998, de 5 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de la Xunta de Galicia de 27 de marzo de 1991.

DISPONGO:

Artículo 1º

1. En ejecución de lo establecido por la disposición adicional de la Orden de 25 de abril de 1994 (DOG nº 93, del 16 de mayo), se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes para suscribir convenios de colaboración con asociaciones privadas sin ánimo de lucro en el desarrollo de programas de prevención e incorporación social de drogodependientes.

2. En el marco de las disponibilidades presupuestarias de 1998, la Consellería de Sanidad y Servicios

Sociales podrá asumir obligaciones económicas derivadas de los convenios que se suscriban. De conformidad con lo dispuesto en la orden de la Consellería de Economía y Hacienda, de 11 de febrero de 1998, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto, el gasto que se proyecta está condicionado a la existencia de crédito ajustado y suficiente en el proyecto de presupuestos generales de la CC.AA. que corresponda al ejercicio presupuestario en el que se va a materializar la contraprestación.

Artículo 2º

1. En lo relativo a los requisitos, contenido de los convenios, la instrucción del expediente, lugar de presentación de las solicitudes, criterios y prioridades en la suscripción, formalización de los convenios y orden de prelación, vigencia y prórroga de ellos referida a 1998 y duplicidad de las aportaciones, habrá que atenerse a lo previsto por la Orden de 25 de abril de 1994.

2. Las solicitudes se presentarán de acuerdo con el modelo que figura en los anexos I y II de la presente orden.

Artículo 3º

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Disposición transitoria

Las obligaciones económicas para el año 1998 derivadas de los convenios suscritos con asociaciones privadas sin ánimo de lucro al amparo de esta orden y de la de 25 de abril de 1994, serán satisfechas por el Consellería de Sanidad y Servicios Sociales con cargo a la aplicación 11.01.313A.481.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para 1998, así como de otros créditos que en el futuro se consignen a tal fin.

Disposición final

Se faculta al secretario general de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales para adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de esta orden.

Santiago de Compostela, 27 de abril de 1998.

José Mª Hernández Cochón

Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales

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