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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 58 Jueves, 26 de marzo de 1998 Pág. 3.008

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

ORDEN de 27 de febrero de 1998 por la que se aprueba el plan de inspección sanitaria para 1998.

Siguiendo en la línea de actuación ya reflejada en los planes de inspección sanitaria de los últimos años y teniendo en cuenta los análisis y conclusiones recogidos en el informe de la Subcomisión para la Consolidación y Modernización del Sistema Nacional de Salud, se ha elaborado un plan de inspección sanitaria para el presente año, que tiene como objetivo la evaluación de la calidad y de la garantía de las prestaciones sanitarias.

Asimismo, y como actividades complementarias, se incluyen determinadas actuaciones relacionadas con las prestaciones en materia de salud laboral y con la actividad de los establecimientos farmacéuticos en la Comunidad Autónoma.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 126/1992, de 14 de mayo, sobre ordenación de las funciones de la Inspección de Servicios Sanitarios, por propuesta del secretario general,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se aprueba el plan de inspección sanitaria para 1998, que figura como anexo de la presente orden.

Artículo 2º

La memoria anual de actividades de inspección sanitaria correspondiente a 1998 se elaborará teniendo en cuenta los resultados de los programas incluídos en el presente plan.

Los servicios provinciales de la inspección sanitaria deberán remitir la memoria de actividades correspondiente a su provincia antes del 30 de enero de 1999.

Santiago de Compostela, 27 de febrero de 1998.

José María Hernández Cochón

Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales

ANEXO

I. Salud laboral.

1º. Inspeccionar el 100% de los centros sanitarios propios de las MATEPS existentes en Galicia y promover en su caso el registro sanitario de aquellos que reúnan las condiciones de adecuación y suficiencia.

2º. Inspeccionar los recursos e instalaciones del 100% de los servicios de prevención con carácter previo a su acreditación en la Comunidad Autónoma de Galicia.

3º. Revisar antes del 30 de junio el 100% de los procesos de incapacidad temporal con una duración superior a 3 meses.

4º. Reducir un 0,5% la tasa global de absentismo por incapacidad temporal en Galicia.

5º. Elaborar e implantar en todas las áreas de inspección, en colaboración con otras unidades de la consellería y Sergas, el nuevo programa informático de gestión y seguimiento da incapacidad temporal.

II. Prestaciones complementarias y calidad asistencial.

Análisis de calidad de las historias clínicas en atención primaria.

Evaluar el grado de información facilitada y el plan de acogida a pacientes ingresados en hospitales del Sergas.

Reducir un 15% el gasto por transporte sanitario en Ourense y un 5% en Lugo en relación a 1997.

Implantar el programa de descentralización administrativa de las prestaciones en los servicios de atención primaria de Ourense.

Implantar el protocolo de derivación de pacientes en el 100% de los centros concertados para rehabilitación en Lugo, Sarria, Burela y Ribadeo.

Revisión del 50% de los pacientes en oxigenoterapia con concentrador en las áreas de Lugo, Santiago de Compostela y Ferrol.

Evaluar el nivel de satisfacción de pacientes derivados a centros concertados para cirugía en Lugo y Pontevedra.

Reducir la demora máxima en la resolución de expedientes de reintegro de gastos de transporte y ortoprótesis a 40 días en las provincias de Lugo y A Coruña.

Implantar el sistema de transporte sanitario colectivo para tratamientos crónicos en la provincia de A Coruña.

Estudio del grado de implantación del consentimiento informado en los centros concertados por el Sergas en A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra.

Valoración del 100% de las altas voluntarias de pacientes asistidos en centros concertados en la provincia de Pontevedra.

Evaluar el impacto de la normativa de la Comunidad Autónoma para la prestación ortoprotésica en su primer año de aplicación en A Coruña, Lugo y Pontevedra.

Análisis das reclamaciones por asistencia sanitaria en la provincia de Pontevedra.

Evaluar la actividad y coste del transporte sanitario, urgente y programado, en A Coruña y Pontevedra.

III. Farmacia.

Programa de verificación de la presencia y actuación profesional del farmacéutico en la dispensación de medicamentos al público y de la correcta identificación del personal facultativo y auxiliar en las oficinas de farmacia, en las cuatro provincias de la Comunidad Autónoma.

Inspección del 100% de los depósitos de medicamentos en establecimientos hospitalarios que carezcan de servicios farmacéuticos autorizados.

Seguimiento del cumplimiento de la normativa reguladora del uso de recetas oficiales por facultativos que no tengan la condición de estatutarios o funcionarios pero que presten servicios a pacientes del Sergas.

Incrementar la revisión de las recetas facturadas al Sergas hasta un 8% en la provincia de Lugo.

IV. Asistencia sanitaria prestada en centros privados.

Inspección de los centros de reproducción asistida humana.

Realizar la segunda fase del programa iniciado en el año 1997 relativo a la adecuación normativa y condiciones técnico-sanitarias de las clínicas odontológicas.

1947