Por la presente cédula, y en virtud de lo acordado en resolución del día de la fecha, recaída en los autos de divorcio número 255/1996, se emplaza a Victoriano Rodríguez Pérez, en concepto de demandado a fin de que en el improrrogable plazo de veinte días hábiles, se persone en forma en los autos, representado por procurador, asistido de letrado y conteste a la demanda en el mismo plazo, previniéndole de que si no lo hace así será declarado en rebeldía y le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho, notificándosele las resoluciones que recaigan en los estrados de este juzgado, haciéndole saber que las copias de la demanda se encuentran a su disposición en este Juzgado de Primera Instancia número cinco de Pontevedra.
Y para que conste y sirva de cédula de emplazamiento al expresado demandado y para su publicación en el DOG expido la presente cédula en Pontevedra seis de febrero de mil novecientos noventa y ocho.
La secretaria
Rubricado
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