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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 55 Lunes, 23 de marzo de 1998 Pág. 2.819

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 1998, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se ordena el registro y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de los acuerdos acordados por la comisión paritaria del III convenio colectivo para el personal laboral de las universidades públicas de Galicia, en la reunión celebrada el 2 de julio de 1997, en relación con los criterios de baremación del concurso de traslados.

En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa legal sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo R.D. 1040/1981, Art. 2e), a los efectos previstos en él, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general se presentó el 16 de febrero de 1998 el acta de la tercera reunión ordinaria del 2-7-1997 de la comisión paritaria del III convenio colectivo para el personal laboral de las universidades públicas de Galicia, en relación con los criterios de baremación del concurso de traslados. Esta Dirección General de Relaciones Laborales,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar la inscripción de los mencionados acuerdos en el registro correspondiente de esta dirección general.

Segundo.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de febrero de 1998.

María José Cimadevila Cea

Directora general de Relaciones Laborales

Acta de la tercera reunión ordinaria de la comisión paritaria prevista en el convenio colectivo para el personal laboral de las universidades públicas gallegas.

Asistentes:

-Por las universidades:

Aureliano García González-Llanos.

Andrés R. Trillo García.

Mª de los A. Hermida Paredes.

Manuel Castro Oliva.

Concepción Novo Guerreiro.

Carlos A. Gómez Otero.

-Por los sindicatos:

Xosé M. Vázquez Carreira.

Javier Quiñoy Taboada.

Cándido Pérez Betanzos.

Manuela García Freire.

Andrés Proupín Castiñeiras.

Xan Mariñas Liste.

Jesús Castro López.

Antón García Fernández.

Se celebra la reunión el día 2-7-1997, en la sala de juntas de la Casa de la Balconada, dando comienzo a las 12 horas con las asistencia que al margen se indica y el siguiente orden del día:

-Lectura y aprobación del acta de la reunión anterior.

-Asuntos de trámite.

Iniciada la sesión, se aprueba íntegramente y por asentimiento al acta de la sesión anterior.

Antes de comenzar a tratar el segundo punto del orden del día, Cándido Pérez solicita una redacción más clara del orden del día de las convocatorias y que, de haberla, se adjunte información para que las discusiones puedan ser más productivas.

Entrando ya en la discusión de los asuntos de trámite, Andrés Trillo manifiesta que, para no crear incertidumbres en el concurso de traslados y para facilitar el trabajo a las comisiones de baremación de éste, la comisión paritaria defina con claridad la interpretación de dos cuestiones:

a) Cómo se ha de entender la antigüedad en la universidad.

b) El límite de la edad escolar de los hijos.

Tras la correspondiente discusión se acepta que, en cuanto a la antigüedad en la universidad, se interprete como antigüedad en la categoría, por parecer ésta una forma más justa y coherente de enfrentar el problema.

Cándido Pérez puntualiza que en el caso de que alguien que participe en el concurso de traslados alegue para el cómputo de la antigüedad trabajos realizados en categoría superior, sólo se le tenga en cuenta si accediese a esa situación a través de una lista de espera resultante de un proceso selectivo.

En cuanto a la edad escolar, se entiende que debe ser considerada entre cero y dieciséis años, al ser éste el límite máximo de escolarización obligatoria.

Puesta sobre la mesa la valoración de las minusvalideces, se acuerda que se tengan en cuentta aquellas que, siendo iguales o superiores al 33%, estén acreditadas debidamente.

En cuanto a la consideración de la distancia de 30 km como argumento favorecedor del traslado, se valorará cuando el trabajador pueda acreditar mediante declaración censal indicando, por lo menos, una antigüedad de dos años, que su domicilio se encuentra a la distancia indicada y comprendida en el área de influencia del lugar de trabajo al que solicite su traslado.

Sin más suntos que tratar, se levanta la sesión a las 14.45 horas del día dos de julio de mil novecientos noventa y siete.

Vº Bº

Aureliano García González-Llanos

Presidente

Antón García

Secretario

1941