Vistos los informes y estudios previos elaborados por la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago.
Vista la Ley 3/1996, de 10 de mayo, de protección de los caminos de Santiago.
La Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo a través de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 8/1998, de 8 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la mencionada consellería, y, basándose en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre de 1992) y en el artículo 5 de la Ley 3/1996, de 10 de mayo, de protección de los caminos de Santiago (DOG nº 101, del 23 de mayo de 1996),
ACUERDA:
Primero.-Incoar el expediente de delimitación y deslinde de la Ruta del Mar de Arousa y Ulla.
Segundo.-El trazado inicial objeto de delimitación se ajustará a las bases que figuran en el apartado 5º del presente acuerdo.
Tercero.-De acuerdo con el art. 5.2º de la Ley 3/1996, de 10 de mayo, de protección de los caminos de Santiago, la incoación de este expediente les será notificada a los ayuntamientos por los que discurre esta Ruta Jacobea.
Cuarto.-Proceder a la delimitación y deslinde de esta ruta a través de una propuesta que, después de la información previa que determina la disposición transitoria segunda de la mencionada Ley de protección de los caminos de Santiago, será sometida a información pública.
Quinto.-La propuesta a que se refire el apartado anterior, en su fase inicial, debe incluir, básicamente:
a) La definición como camino físico, en el tramo marítimo-fluvial de esta ruta, el cauce navegable entre los muelles de Pontecesures y Padrón y la entrada de la ría por cualquiera de las bandas de la Isla de Sálvora.
b) La descripción del trazado terrestre Padrón-Santiago, en todo coincidente con el mismo tramo del Camino Portugués sometido ya a información pública en el DOG nº 3 del 7-12-97.
c) El índice de ayuntamientos y parroquias bañados por el tramo marítimo-fluvial y los recorridos por el tramo terrestre, de la misma forma en que se llevó a cabo en las restantes propuestas de delimitación de los caminos de Santiago.
Sexto.-E1 presente acuerdo será publicado en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 19 de febrero 1998.
Andrés González Murga
Secretario general de la Consellería de Cultura,
Comunicación Social y Turismo