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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 29 Jueves, 12 de febrero de 1998 Pág. 1.386

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 43/1998, de 30 de enero, por el que se acepta la cesión a título gratuito de una parcela situada en el terreno denominado arenal de Cabo de Area, término municipal de Laxe (A Coruña), hecha a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia para la construcción de un centro de enseñanza secundaria.

El Pleno de la Corporación Municipal de Laxe, en sesión celebrada el 6 de noviembre de 1997, acordó la cesión a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de un terreno para la construcción de un centro de enseñanza secundaria.

Conforme a los artículos 17.1 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega, y 34 de su reglamento aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, la adquisición pura y simple de bienes a título gratuito o lucrativo requerirá decreto del Consello de la Xunta, a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda. Asimismo, los artículos 23.1 de dicha ley y 38.1 del reglamento establecen que no se podrán adquirir bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor de los gravámenes, cargas o afecciones impuestos sobre ellos sobrepase su valor intrínseco; si bien no se considera carga, gravamen o afección las inversiones que tenga que realizar la Comunidad Autónoma para dar el destino de uso general o servicio público de su competencia que fije el cedente o donante.

En su virtud, de conformidad con la propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que el Ayuntamiento de Laxe acordó la cesión y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día treinta de enero de mil novecientos noventa y ocho,

DISPONGO:

Artículo lº

Se acepta la cesión gratuita de una parcela de terreno, perteneciente al Ayuntamiento de Laxe, situada

en el terreno denominado arenal de Cabo de Area, término municipal de Laxe, con una superficie de unos 7.016 m, que linda al norte, con propiedad municipal; al sur, con propiedad municipal; al este, con propiedad municipal y colegio público de EGB; y al oeste, con Amelia Menéndez Manjón-Sancho Miñano.

El inmueble descrito constituye una parcela a segregar de otro inscrito en el Registro de la Propiedad de Carballo, en el tomo 592 del archivo, libro 39 del Ayuntamiento de Laxe, folio 55, finca nº 2.581, inscripción 1ª.

Artículo 2º

El inmueble cedido se destinará a la construcción por la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de un centro de enseñanza secundaria.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, procederá a la formalización de la cesión en el correspondiente documento público y a la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad a nombre de la Comunidad Autónoma.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad del presente decreto.

Santiago de Compostela, treinta de enero de mil novecientos noventa y ocho.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda