Examinado el expediente 115A-97/9 relativo al proyecto de expropiación forzosa para la ejecución del parque empresarial de Padrón, promovido por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo a los efectos que determina el artículo 145.6º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia (DOG nº 59, del 26 de marzo de 1997) y visto el informe propuesta de la Subdirección General de Urbanismo y Arquitectura, de 11 de diciembre de 1997 y la Orden de 19 de agosto de 1997, por la que se delegan atribuciones en materia de urbanismo en los delegados provinciales (DOG nº 166, del 29 de agosto de 1997).
RESUELVO:
Primero.-Aprobar definitivamente el proyecto de expropiación forzosa para la ejecución del parque empresarial de Padrón, promovido por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo por el procedimiento de taxación conjunta previsto en los artículos 145 y siguientes de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia (DOG nº 59, del 26 de marzo de 1997), haciendo constar que la presente resolución implicará la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de expropiación de conformidad con lo establecido en el artículo 146 punto 1º de la Ley 1/1997 de 24 de marzo.
En consecuencia, el pago o depósito del importe de la valoración establecida producirá los efectos previstos en los números 6º, 7º y 8º del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, sin perjuicio de que continúe la tramitación del procedimiento para la definitiva fijación del precio justo (artículo 146 punto 2º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo).
Segundo.-Notificar la resolución aprobatoria del expediente a todos los interesados titulares de los bienes y derechos que figuran en el mismo, confiriéndoles un término de veinte días durante el cual podrán manifestar por escrito ante esta delegación provincial su disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado, conforme dispone el artículo 145 punto 7º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, advertiéndoles que transcurrido el citado plazo de veinte días sin que se formule oposición a la valoración,
se entenderá aceptada la que se fijó en el acto aprobatorio del expediente, entendiéndose determinado el precio justo definitivamente y de conformidad (artículo 145 punto 8º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo).
Tercero.-Publicar el presente acuerdo en el DOG así como los siguientes bienes y derechos afectados por el proyecto de expropiación:
m Ptas.Finca Propietario Superficie
Precio justo
121 Hros. de José Rodríguez Blanco 1.716,64 2.087.263 122 Hros. Domingo González Danza 2.254,15 2.740.821 123 Hros. María Fabeiro Formoso 2.714 3.299.953 126 Hros. Manuela Sánchez Lapido 2.702,56 3.286.043 128 Mª Cruz Carregal Otero 3.009 3.658.643 133 Hros. Rogelio Landeira Formoso 561,78 683.068 134 Hros. Rosa Fernández González 1.088,91 1.324.006 138 Francisco Ortigueira Pardal 1.397 1.698.612 141 Rosa López Pérez y otros 2.489 3.026.375 144 Elisa Miguens García 849 1.032.299 175 Teresa Pérez Rego 3.145 3.824.006 181 Hros. de Evaristo Landeira Formoso 883,12 1.073.786 186 Luis Forjan Valiño y Mª Rosalía Seoane Ferreiro 1.802,04 2.191.100 193 Hros. María Fandiño Miguens y hermanos 1.966 2.390.459 195 Elvira y Teresa Pérez Rego y hermanos 3.637,62 4.422.982 198 Hros. Vitorina Miguens Castro y otros 1.798,98 2.187.380 199 Celia Carles Miguens 1.901,43 2.311.949 202 Rosa López Pérez y otros 2.091 2.542.447 207-A Carlos Bello Vázquez y esposa 2.341 2.846.422 207-B Manuel y Lisardo Vidal Ferreiros y esposas 2.341 2.846.422 208 Manuel Seoane Ferreiro y esposa 69,17 84.104 209-1 Manuel Seoane Ferreiro y esposa 2.176,5 2.646.406 209-2 Jesusa Socorro Seoane Ferreiro 2.176,5 2.646.406 209-3 Manuela Seoane Ferreiro y esposo 2.176,5 2.646.406 209-4 Rosalía Seoane Ferreiro y esposo 2.176,5 2.646.406 210 Ramón, Manuel, José Cruces Formoso 1.144,80 1.391.962 218 Rosa López Pérez y otros 3.755,56 4.566.385 221 Dolores, Francisco, Rosa, Carmen Sende Lapido 617,67 751.025 222 Hros. Rosa Varela Mariño 590,92 718.500 223 Josefina Rodríguez Ameijeiras 2.250 2.735.775 224 Ángel Luis Orosa de Vicente y Antonia Miguel García 1.190 1.446.921 225 Antonia Miguel García 704,47 856.565 226 Ángel Luis Orosa de Vicente y Antonia Miguel García 2.400 2.918.160 227 Rosa de Jesús Rego 1.643,02 1.997.748 551 Masa Común de Vecinos 187 227.373
Asimismo, la publicación de esta resolución servirá de notificación a los propietarios desconocidos, a los que se ignore el lugar de notificación, o bien tramitada la notificación, no se pudiese realizar. Todo esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27-11-1992).
Contra la citada resolución, que es definitiva en vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir
de la fecha de notificación de esta resolución, debiéndose comunicar previamente a esta delegación provincial dicha interposición conforme se dispone en el artículo 110 punto 3º de la Ley 30/1992 del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
A Coruña, 12 de diciembre de 1997.
Jesús Almuiña Loeda
Delegado provincial de A Coruña
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