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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 18 Miercoles, 28 de enero de 1998 Pág. 750

III. OTRAS DISPOSICIONES

ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 16 de enero de 1998 por la que se anuncia el V curso de especialización en lenguaje administrativo gallego para funcionarios de Administración local.

La Comisión Coordinadora para la Normalización Lingüística, en su sesión de 4 de mayo de 1990, acordó impulsar la normalización lingüística en la Administración local mediante un plan que tiene por objetivo que en todas las corporaciones locales gallegas exista, por lo menos, un funcionario que se responsabilice de la traducción de los documentos a que se refiere el artículo 1 de la Ley 5/1988, de 21 de junio, de uso del gallego como lengua oficial de Galicia por las entidades locales.

En ejecución de este plan, corresponde a la EGAP el desarrollo de los cursos de especialización en lenguaje administrativo gallego.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística, y en la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la EGAP, modificada por la Ley 10/1989, de 10 de julio, que en su artículo 3.1ºi) le atribuye

a la escuela la difusión y la normalización del idioma gallego en la Administración pública, la capacitación lingüística del personal y la participación en la fijación del lenguaje técnico, administrativo y jurídico gallego, resuelvo convocar el referido curso, que se desarrollará según las siguientes bases:

1ª Objetivos:

Completar la formación de los alumnos que superaron el curso de nivel medio, prestando especial atención al conocimiento del lenguaje administrativo y jurídico-administrativo local.

2ª Destinatarios:

Podrán participar todos los funcionarios que presten servicios en las entidades locales y obtuviesen la calificación de apto en los cursos de nivel medio convocados entre los años 1990 y 1997 dentro del plan integral de estudios iniciado por la orden de la Consellería de la Presidencia y Admón. Pública de 23 de mayo de 1990.

3ª Desarrollo de los cursos:

3.1. Duración: 100 horas, distribuidas del siguiente modo:

-75 horas lectivas.

-10 horas de exámenes.

-15 horas de elaboración y defensa de trabajos.

3.2. Número de plazas: 30 por curso. En función del número de solicitudes, se organizarán uno o varios grupos en cada localidad.

3.3. Lugares de realización:

A Coruña, Santiago de Compostela, Lugo, Ourense y Pontevedra. La EGAP se reserva la facultad de modificar los lugares de realización en cada provincia así como la de anular aquellos cursos en los que el escaso número de solicitudes no justificase su realización.

3.4. Fechas: las clases darán comienzo el día 2 de marzo de 1998 y terminarán el día 27 de abril del mismo año, teniendo lugar todos los lunes, miércoles y jueves laborables. A continuación los profesores establecerán para cada grupo los días de examen y exposición y defensa de trabajos.

3.5. Horarios: en sesiones de tarde, de 17 a 20 h.

4ª Solicitudes:

Los interesados en participar en este curso deberán presentar, cubierta en todos los epígrafes que les correspondan, la instancia que figura como anexo de esta convocatoria, adjuntando fotocopia de la certificación acreditativa de haber superado el nivel medio de los cursos a los que se hace referencia en la base 2ª.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales, contados a partir de la publicación de esta resolución.

La documentación se dirigirá al director de la Escuela Gallega de Administración Pública, polígono de As Fontiñas, s/n, 15707 Santiago de Compostela, y se presentará en el registro de la escuela o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

5ª Notificaciones:

La escuela publicará la lista de los seleccionados en su tablón de anuncios y en los de las delegaciones provinciales de la Consellería de Presidencia y Administración Pública, sin perjuicio de comunicárselo directamente a los interesados.

6ª Certificaciones:

A los alumnos que, en el plazo y en las condiciones que se establezcan, acrediten un conocimiento adecuado de las materias objeto de este curso, se les podrá otorgar el diploma que los habilite para ejercer las tareas de traducción de documentos señalados en el artículo 1 de la Ley 5/1988.

La evaluación de los conocimientos se realizará a través de la realización de las pruebas y de la presentación de los trabajos que se determinen, en todos los casos en lengua gallega.

La inasistencia al veinte por ciento de las horas lectivas programadas, sea cual sea la causa, impedirá la expedición del diploma.

7ª Ayudas a los alumnos:

Para facilitar la participación en el curso de los alumnos que se tengan que desplazar fuera del municipio donde radique su puesto de trabajo se establecen las siguientes ayudas, para todos los conceptos, que percibirán los asistentes al final del curso y que se reducirán en un 50% para los que lo realicen por segunda vez:

Distancias desde el ayuntamiento o diputación de origen hasta el lugar de realización del curso:

-Inferior a 30 km: 20.000 ptas.

-Entre 30 y 60 km: 40.000 ptas.

-Más de 60 km: 50.000 ptas.

8ª Contenido: el lenguaje jurídico-administrativo. Análisis lingüístico y jurídico del lenguaje administrativo: especial referencia a los documentos señalados en el artículo 1 de la Ley 5/1988, de 21 de junio, de uso del gallego como lengua oficial de Galicia por las entidades locales. La traducción jurídico-administrativa.

Santiago de Compostela, 16 de enero de 1998.

Domingo Bello Janeiro

Director de la Escuela Gallega de Administración Pública

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