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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 11 Lunes, 19 de enero de 1998 Pág. 435

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación de sentencia (453/1996).

Yo, Gonzalo Jorge Cabaleiro de Saa, secretario de la Administración de Justicia con destino en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de los de Santiago de Compostela.

Certifico: que en el libro de sentencias dictadas por este juzgado en procedimientos civiles obra la recaída en los autos de juicio ejecutivo nº 453/1996, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia. En la ciudad de Santiago de Compostela a quince de diciembre de mil novecientos noventa y siete.

Fco. Javier Míguez Poza, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de los de esta capital, ha visto los presentes autos de juicio ejecutivo, seguidos ante este juzgado con el número 453/1996, promovidos por el Banco de Asturias, S.A., representado por el procurador García-Piccoli y dirigido por la letrada María José Sánchez, contra José Ramón Mirón Redondo con domicilio en Rúa París 21-H, 4C de Santiago de Compostela; María José Tato Fuente, con domicilio en Travesía da Choupana 16-bajo de Santiago de Compostela; María Fuentes Domínguez, con domicilio en la calle Touro número 47-4º, derecha de Santiago de Compostela; José Antonio Meleiro Rodríguez y Aurora Amorín Rodríguez, en ignorado paradero, declarados todos en rebeldía.

Fallo:

Que debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados a José Ramón Mirón Redondo, María José Tato Fuentes, José Antonio Meleiro Rodríguez, Aurora Amorín Rodríguez y María Fuentes Domínguez, y con su producto entero y cumplido pago a la parte actora, de las responsabilidades por que se despacho la ejecución, la cantidad de 1.316.270 pesetas, importe del principal; y además al pago de los intereses de demora y las costas, a cuyo pago debo condenar y condeno expresamente a la parte demandada.

La sentencia preinserta fue publicada en el mismo día de su fecha por el magistrado-juez que la suscribe; y para que conste y para que sirva de notificación en forma los demandados en situación procesal de rebeldía, José Antonio Meleiro Rodríguez y Aurora Amorín Rodríguez, expido y firmo la presente cédula en Santiago de Compostela a veintidós de diciembre de mil novecientos noventa y siete.

Rubricado

98-10401