Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 11 Lunes, 19 de enero de 1998 Pág. 418

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

RESOLUCIÓN de 12 de enero de 1998 por la que se delegan en los delegados provinciales de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo el ejercicio de determinadas competencias.

Teniendo en cuenta el gran volumen de la actividad administrativa que la normativa atribuye a la Dirección General de Turismo, con el fin de evitar una concentración excesiva y lograr una mayor agilidad administrativa que redunde en beneficio tanto de la Administración como de los administrados, se hace conveniente que, dentro del respeto a los principios informadores de la actuación administrativa, y con sujeción a la normativa legal vigente, se deleguen en los delegados provinciales de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, determinadas competencias.

En su virtud, haciendo uso de las atribuciones que me confiere el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, dispongo delegar en los delegados provinciales de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, el ejercicio de las siguientes competencias:

-Autorizaciones de las modificaciones de grupo, categoría, capacidad, superficie, modalidad y denominación de los establecimientos turísticos.

-Autorizaciones de las modificaciones de la categoría, capacidad, superficie y denominación de las ciudades de vacaciones.

-Autorizaciones de las modificaciones de la categoría, capacidad, superficie y denominación de los apartamentos, bungalows y otros alojamientos similares de carácter turístico.

-Autorizaciones de las modificaciones de la categoría, capacidad, superficie y denominación de los campamentos públicos de turismo.

-Autorizaciones de las modificaciones de la clasificación, categoría, capacidad, superficie y denominación de las cafeterías.

-Autorizaciones de las modificaciones de la clasificación, categoría, capacidad, superficie y denominación de los restaurantes.

-Autorizaciones de las modificaciones de la categoría, capacidad, superficie y denominación de los establecimientos de turismo rural.

-Autorizaciones de los cambios de grupo, director, denominación y locales de las agencias de viajes y de sus sucursales.

-Visado de los reglamentos de régimen interior de los establecimientos turísticos.

La Dirección General de Turismo podrá, no obstante, avocar para sí en cualquier momento el ejercicio de las competencias delegadas en esta resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la citada ley.

Las resoluciones administrativas que se adopten haciendo uso de las delegaciones contenidas en la presente resolución harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por la autoridad que las concedió.

Santiago de Compostela, 12 de enero de 1998.

Aurelio Miras Portugal

Director general de Turismo

9346