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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Miercoles, 17 de diciembre de 1997 Pág. 12.171

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

NOTIFICACIÓN de 17 de noviembre de 1997, de la Delegación Provincial de Ourense, de las resoluciones de los expedientes sancionadores incoados por infracción de la normativa vigente en materia de pesca fluvial, devueltos por el servicio de correos al resultar desconocidos sus destinatarios (expediente 117/96 P y dos más).

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a los denunciados cuyos datos personales y última dirección conocida se señalarán a continuación, las resoluciones de los correspondientes expedientes sancionadores acordadas por el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Ourense, por presuntas infracciones de la Ley de pesca fluvial 7/1992, de 24 de julio (DOG nº 151, del 5 de agosto).

El importe de la sanción que en cada caso corresponda se hará efectivo en la cuenta nº 44030/003918-8 de la Caja de Ahorros Provincial de Ourense, empleando el impreso oficial que se facilitará en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la presente notificación, salvo la presentación del recurso pertinente; en caso contrario, se procederá a su cobro por vía ejecutiva.

Se hace constar que para obtener o renovar la licencia de pesca, será requisito imprescindible acreditar

haber abonado la multa que corresponda, una vez sea firme la resolución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes de

la Xunta de Galicia. En caso contrario, aquella adquirirá firmeza a todos los efectos.

Ourense, 17 de noviembre de 1997.

Jacobo Gómez-Orellana Rodríguez

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Nº Expte.

Nombre y apellidos del denunciado

Último domicilio conocido

Hecho denunciado

Precepto infringido

y sancionador

Sanción

impuesta

117/96 PErnesto García VilarPuerta Real, 44, Cuevas del Campo, GranadaPescar sin licenciaArt. 34.1º de la Ley

de pesca fluvial

50.001

121/96 PIgnacio Antón SantosCeferino Armesto, 8, Viana do BoloPescar en zona vedadaArt. 34.6º de la Ley

de pesca fluvial

50.001

123/96 PMiguel Ángel Prada FernándezVillalibre de la Jurisdicción-Priaranza del Bierzo, LeónPescar sin llevar la documentaciónArt. 33.1º de la Ley

de pesca fluvial

5.000

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