De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan, la incoación del expediente sancionador, por infracción de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de flora y fauna silvestre.
Que, asimismo, designo instructora del expediente a Pilar Pita Ponte y secretaria a Mª Asunción Buceta Canay.
Lo que se notifica, a los efectos previstos en el artículo 29 de la citada Ley de régimen jurídico de
las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recusarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la citada ley.
A los efectos previstos de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los denunciados dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para formular las alegaciones, aportar los documentos o aportar las pruebas que convengan a su derecho, advirtiéndoles que de no efectuar alegación alguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, de darse los supuestos previstos en el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9-8-1993).
Pontevedra, 5 de noviembre de 1997.
José Luis Díez Yáñez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
-Último domicilio conocido infringido sancionadorExpediente -Denunciado
-Hecho denunciado -Precepto
-Precepto
-Sanción
O Couto
Cambados
c/ Montela nº 1 Lourido
Vigo
r/ Xeneral Romero
Basart 123-3º Izq.
Madrid
Padre Crespo, 67
Redondela
Seara, s/n
Moaña
c/ Salamanca nº 9
Vigo
Gran Vía 170, 9º C
Vigo
E.N-38/97 José Lobato Meis
Extraer arena de una duna ubicada dentro del espacio natural protegido Complejo Intermareal Umia-O Grove, alterando con eso las condiciones naturales del espacio. Hechos que fueron denunciados el día 14 de julio de 1997, en el lugar de A Lanzada. Art. 38.2 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres. 20.000 ptas. E.N-47/97 José Luís Fortes Soliño
Tener estacionado un vehículo en las dunas de A Lanzada, alterando las condiciones de un espacio natural protegido (Complejo Intermareal Umia-O Grove). Hechos que fueron denunciados el día 3 de agosto de 1997 en las dunas de A Lanzada. Art. 38.2 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres. 20.000 ptas. E.N-51/97 Miguel A. Díaz Cañada
Circular por las dunas de la playa de A Lanzada, con un coche NISSAN, modelo Patrol, alterando las condiciones de un espacio natural protegido (Complejo Intermareal Umia-O Grove ). Hechos denunciados el día 15 de agosto de 1997 en las dunas de A Lanzada. Art. 38.2 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres. 20.000 ptas. E.N.-66/97 José Viruleg López
Acampar sin autorización en Chan da Pólvora, isla de Ons, durante los días 15,16 e 17 de agosto, siendo advertido anteriormente de que las plazas de la zona de acampada estaban cubiertas. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. 10.000 ptas. E.N.-69/97 Eva Martínez Pidre
Acampar sin autorización en Chan da Pólvora, isla de Ons, durante los días 15,16 y 17 de agosto, siendo advertido anteriormente de que las plazas de la zona de acampada estaban cubiertas. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. 10.000 ptas. E.N.-71/97 Emilio Morgadas Lois
Acampar sin autorización en Chan da Pólvora, isla de Ons, durante los días 15,16 y 17 de agosto, siendo advertido anteriormente de que las plazas de la zona de acampada estaban cubiertas. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. 10.000 ptas. E.N.-80/97 Alexandre Rodríguez Moa
Acampar sin autorización en Chan da Pólvora, isla de Ons, durante los días 15,16 y 17 de agosto, siendo advertido anteriormente de que las plazas de la zona de acampada estaban cubiertas. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. 10.000 ptas.
-Último domicilio conocido infringido sancionadorExpediente -Denunciado
-Hecho denunciado -Precepto
-Precepto
-Sanción
Pumariño 20-1º Izq.
Marín
Riveiro
Señorío de Amoain, 3-D
Mendillori-Navarra
Monteagudo
Sampaio de Arriba, 102
Pontevedra
Baixada Maestro
Calanes, 8-3º
Vigo
Cortegoso
Castiñeira, 72,
Ventosela
Redondela
Durán
Celso Emilio Ferreiro,
2, 9º A
Vigo
E.N.-84/97 Abel Simes Castro
Acampar sin autorización en Chan da Pólvora, isla de Ons, durante los días 15,16 y 17 de agosto, siendo advertido anteriormente de que las plazas de la zona de acampada estaban cubiertas. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. 10.000 ptas. E.N.-90/97 Manuel A. Piñeiro
Acampar sin autorización en Chan da Pólvora, isla de Ons, durante los días 15,16 y 17 de agosto, siendo advertido anteriormente de que las plazas de la zona de acampada estaban cubiertas. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. 10.000 ptas. E.N.-105/97 Sonia Vieites
Acampar sin autorización en Chan da Pólvora, isla de Ons, durante los días 15,16 y 17 de agosto, siendo advertido anteriormente de que las plazas de la zona de acampada estaban cubiertas. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. 10.000 ptas. E.N.-119/97 Teresa Domínguez Pérez
Acampar sin autorización en Chan da Pólvora, isla de Ons, durante los días 16 y 17 de agosto, siendo advertido anteriormente de que las plazas de la zona de acampada estaban cubiertas. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. 10.000 ptas. E.N.-55/97 Luis M. Couñago
Acampar sin autorización en Chan da Pólvora, isla de Ons, durante los días 15,16 y 17 de agosto, siendo advertido anteriormente de que las plazas de la zona de acampada estaban cubiertas. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. 10.000 ptas. E.N.-100/97 José María Fernández
Pescar con un truel en las pozas de las cabañas del P.N. del Monte Aloia. Hechos que tuvieron lugar el día 5 de octubre de 1997, en el Parque Natural Monte Aloia. Art. 34 de la Orden 21-1-1992, de la Cons. de Agric. y M. y Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. Art. 34 de la Orden 21-1-1992, da Cons. de Agric. e M. e Art. 38 de la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con la Orden 14-6-1995. 20.000 ptas.
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