Cumplidas las previsiones del artículo 15, apartado 2, del Estatuto de automomía de Galicia y en virtud de las facultades que me confieren como presidente de la misma el artículo 26, apartado 1, de la Ley de Galicia 1/1983, de 22 de febrero, de la Xunta y de su presidente, en la redacción dada a éste por la Ley de Galicia 11/1988, de 20 de octubre,
DISPONGO:
Artículo único.-Que cesen en sus cargos los titulares de los departamentos de la Xunta de Galicia, de conformidad con la siguiente relación y agradeciéndoles los servicios prestados:
-Dositeo Rodríguez Rodríguez, como conselleiro de la Presidencia y Administración Pública.
-José Antonio Orza Fernández, como conselleiro de Economía y Hacienda.
-José Cuíña Crespo, como conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.
-Celso Currás Fernández, como conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria.
-Antonio Couceiro Méndez, como conselleiro de Industria y Comercio.
-Tomás Pérez Vidal, como conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes.
-Jesús Pérez Varela, como conselleiro de Cultura y Comunicación Social.
-José Mª Hernández Cochón, como conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales.
-Juan Caamaño Cebreiro, como conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura.
-Jesús Carlos Palmou Lorenzo, como conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales.
-Manuela López Besteiro, como conselleira de Familia, Mujer y Juventud.
-Víctor Manuel Vázquez Portomeñe, como conselleiro sin cartera para Asuntos Parlamentarios.
Disposición final
Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, nueve de diciembre de mil novecientos noventa y siete.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
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