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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Viernes, 28 de noviembre de 1997 Pág. 11.433

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

ORDEN de 10 de noviembre de 1997 por la que se autoriza el inicio de las actividades del centro residencial para personas mayores en Castro de Ribeiras de Lea-Castro de Rei (Lugo).

En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 4/1993, de 14 de abril, de servicios sociales, para la creación de centros de servicios sociales propios de la Administración autonómica es necesaria una norma con rango de decreto, mientras que para el inicio de sus actividades es precisa una orden de la consellería competente.

A su vez, el Decreto 243/1995, de 28 de julio, regula los requisitos generales del régimen de autorización y acreditación de los centros de servicios sociales, y la Orden de 18 de abril de 1996 desarrolla el Decreto 243/1995, en lo relativo a la regulación de las condiciones y requisitos específicos que deben cumplir los centros de atención a las personas mayores.

Creado el centro residencial para personas mayores en Castro de Ribeiras de Lea-Castro de Rei (Lugo) por el Decreto 301/1996, de 12 de julio, ahora, de acuerdo con dicha normativa, procede autorizar el inicio de sus actividades.

Por otra parte y teniendo en cuenta que la disposición final primera de dicho decreto autoriza al conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales para su desarrollo y ejecución,

DISPONGO:

Artículo único.-Se pone en funcionamiento y se autoriza el inicio de las actividades del centro residencial para personas mayores que figura en el anexo.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de noviembre de 1997.

José María Hernández Cochón

Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales

ANEXO

Centro: centro residencial para personas mayores.

Localidad: Castro de Ribeiras de Lea-Castro de Rei.

Ayuntamiento: Castro de Rei.

Provincia: Lugo.

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