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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Martes, 18 de noviembre de 1997 Pág. 11.099

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 20 de octubre de 1997 por la que se convocan pruebas extraordinarias para la obtención del diploma elemental de música correspondiente al plan de estudios que establece el Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en las especialidades de piano, violín y violoncello.

El artículo 33 del Real decreto 1487/1994, de 1 de julio, establece que, en los dos años siguientes a las fechas de extinción de los distintos grados del anterior plan de estudios, se convocarán pruebas extraordinarias para la obtención del diploma elemental y los títulos de profesor y profesor superior de las diferentes especialidades, en las condiciones que oportunamente se establezcan, para aquellos alumnos afectados por la extinción de los planes de estudio regulados por el Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre.

Tal como se recoge en el artículo 30, apartado 3 de dicho real decreto, en el curso académico 1996-1997 dejó de impartirse el grado elemental de las especialidades de piano, violín y violoncello.

Por tanto, y a fin de que los alumnos afectados por la extinción del grado elemental de música de las especialidades citadas puedan rematar sus estudios, esta consellería,

DISPONE:

Primero.-Los centros de enseñanzas musicales procederán a convocar cuatro pruebas extraordinarias para la obtención del diploma elemental de las especialidades de piano, violín y violoncello que se celebrarán en los siguientes plazos:

-Primera convocatoria: diciembre de 1997.-Segunda convocatoria: febrero de 1998.-Tercera convocatoria: junio de 1998.-Cuarta convocatoria: septiembre de 1998.

Segundo.-Una vez superada la prueba extraordinaria, en cualquiera de sus convocatorias, se podrá obtener el diploma elemental correspondiente. La no concurrencia a cualquiera de las convocatorias no limita el derecho a tomar parte en las restantes.

Tercero.-A dichas pruebas podrán concurrir únicamente los alumnos que no hubiesen finalizado los estudios iniciados de grado elemental en las especialidades de piano, violín y violoncello, reguladas en el Decreto 2618/1966, del 10 de septiembre.

Cuarto.-Las pruebas extraordinarias constarán de tres ejercicios:

a) Solfeo y teoría de la música.

b) Conjunto coral.

c) Interpretación instrumental.

Dichos ejercicios se atendrán a lo establecido en los programas de examen vigentes en el centro en el que tengan lugar las pruebas. En todo caso, las probas de conjunto coral y de solfeo y teoría de la música serán comunes a toda las especialidades instrumentales.

Quinto.-Aquellos aspirantes que hayan superado todos los cursos del grado elemental de una o de varias materias a las que se refiere el apartado anterior, estarán exentos de realizar el ejercicio o ejercicios correspondientes de la prueba.

Sexto.-Por lo que se refiere tanto a la constitución del tribunal, como a las calificaciones que se podrán otorgar, se procederá conforme a lo dispuesto tanto en el Decreto 2618/1966, como en las instrucciones dictadas en la circular 9/1997, de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa y de la Dirección General de Ordenación Educativa y de Formación Profesional.

Séptimo.-Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de octubre de 1997.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

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