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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Lunes, 17 de noviembre de 1997 Pág. 11.050

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 324/1997, de 6 de noviembre, por el que se modifica el 273/1994, de 29 de julio, que aprueba la relación de procedimientos iniciados a solicitud del interesado, de los que sea competente para resolver la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, y en los que la falta de resolución expresa de la Administración produce efectos estimatorios o desestimatorios.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 43.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicos y del procedimiento administrativo común, por el Decreto 273/1994, de 29 de julio, se aprueba la relación de procedimientos iniciados a solicitud de los interesados, de los que sea competente para resolver la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, y en los que la falta de resolución expresa de la Administración produce efectos desestimatorios o estimatorios.

En cumplimiento de la sentencia de veintidós de mayo de 1997, del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, recaída en proceso contencioso-administrativo nº 554/1994, que redujo a 3 meses los plazos que figuraban en el citado decreto para los procedimientos relativos a la autorización de enajenación y desafectación de bienes municipales y la declaración de urgente ocupación de bienes de expropiación, es necesario modificar los plazos para resolver los correspondientes a los procedimientos recogidos en el segundo y tercer lugar de anexo I del citado Decreto 273/1994.

De acuerdo con las consideraciones expuestas, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día seis de noviembre de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo 1º

El plazo para resolver los procedimientos recogidos en el segundo y tercer lugar del anexo I del Decreto 273/1994, de 29 de julio, de autorización de enajenación y desafectación de bienes municipales y de declaración de urgente ocupación de bienes de expropiación será de 3 meses.

Disposiciones finales

Primera.-El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Segunda.-Se faculta al conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo de lo establecido en el presente decreto.

Santiago de Compostela, seis de noviembre de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

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