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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Viernes, 14 de noviembre de 1997 Pág. 11.006

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 30 de octubre de 1997 por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo de gestión de la administración de la Xunta de Galicia, grupo B, escala técnica de finanzas.

Cuerpo de gestión de administración

de la Xunta de Galicia

Grupo B

Escala técnica de finanzas

BASES DE LA CONVOCATORIA

I. Normas generales.

I.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir 10 plazas del cuerpo de gestión de administración de la Xunta de Galicia, escala técnica de finanzas, por los sistemas de promoción interna y de acceso libre, por el procedimiento de oposición.

I.1.1. El número total de vacantes reservadas al sistema de promoción interna asciende a 5 plazas, correspondiente al 50% del total de vacantes.

El número total de vacantes reservadas al sistema de acceso libre asciende a 5 plazas.

I.1.2. Del total de las plazas se reservará un 3% para ser cubiertas por personas con minusvalías con grado de discapacidad igual o superior al 33%, de acuerdo con la disposición adicional séptima de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, según la redacción dada por la Ley 4/1991, de 8 de marzo. Esta cuota de reserva asciende a una plaza y se aplicará al sistema de acceso libre.

En el supuesto de que esta no sea cubierta, se acumulará a dicho sistema.

I.1.3. Las plazas sin cubrir de las reservadas al sistema de promoción interna se acumularán al sistema de acceso libre. A estos efectos, la fase de oposición del sistema de promoción interna finalizará antes de la correspondiente al sistema de acceso libre.

I.1.4. Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas.

I.1.5. Al presente proceso selectivo le será aplicable la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, modificada por las leyes 4/1991, de 8

de marzo y 3/1995, de 10 de abril; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Reglamento de selección del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia (Decreto 95/1991, de 20 de marzo) y demás normas concordantes, así como lo dispuesto en la presente convocatoria.

I.1.6. El proceso selectivo constará de una fase de oposición y otra fase consistente en un curso selectivo, con las pruebas, puntuaciones y materias que se señalan en esta orden y sus anexos.

I.1.7. El programa que regirá las pruebas selectivas es el que figura como anexos I, II y III de esta convocatoria.

I.1.8. Finalizada la fase de oposición se procederá a la distribución de las plazas convocadas entre las especialidades de la escala técnica de finanzas. La opción entre cada una de las especialidades se realizará, por los aspirantes que superen la fase de oposición, de acuerdo con la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de dicha fase. Los aspirantes procedentes del turno de promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema de acceso libre, para elegir la especialidad correspondiente.

I.1.9. La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por estos a lo largo de todo el proceso dentro de cada una de las especialidades de la escala técnica de finanzas, una vez aplicado lo dispuesto en base VII.3 de esta convocatoria.

I.2. Requisitos de los candidatos.

I.2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

I.2.2. Para promoción interna:

I.2.2.1. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de ingeniero técnico, diplomado universitario, arquitecto técnico, formación profesional de tercer grado o equivalente.

I.2.2.2. No estar separado del servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario ni estar inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

I.2.2.3. Los aspirantes deberán ser funcionarios de la Administración de la Xunta de Galicia y pertenecer, el día de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, a alguno de los cuerpos

o escalas integrados en el grupo C (cuerpo administrativo y cuerpo de ayudantes facultativos de Administración de la Xunta de Galicia) de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 91/1991, de 20 de marzo, de integración de los funcionarios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, tener una antigüedad de, al menos, dos años en el cuerpo o escala de origen y poseer la titulación requerida para el acceso al cuerpo.

I.2.3. Para acceso libre:

I.2.3.1. Ser español.

I.2.3.2. Tener cumplidos los dieciocho años.

I.2.3.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de ingeniero técnico, diplomado universitario, arquitecto técnico, formación profesional de tercer grado o equivalente.

I.2.3.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

I.2.3.5. No estar separado del servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

I.2.4. Tódos los requisitos enumerados en la base I.2.2. y I.2.3. deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

I.3. Solicitudes.

I.3.1. Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar mediante instancia (anexo IV) que será facilitada en las dependencias de la Administración de la Xunta de Galicia a las que se hace referencia en la base I.3.2. A la instancia se acompañará fotocopia del documento nacional de identidad y justificante de que se abonaron los derechos de examen, expedido por la entidad bancaria correspondiente.

Como requisito necesario para participar en estas pruebas se deberá abonar previamente en concepto de derechos de examen el importe de 8.270 pesetas y, en su caso, los gastos de transferencia correspondientes, utilizando para ello el impreso de autoliquidación señalado en el anexo V. Dicho impreso les será facilitado a los interesados en el registro general de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, en los de sus delegaciones provinciales y en las oficinas comarcales de la Xunta de Galicia; debiendo rellenarse con los códigos que figuran en el referido anexo V. No obstante lo anterior para el cumplimiento de este requisito se podrá utilizar una fotocopia del documento correspondiente que como anexo forma parte de esta convocatoria.

La no presentación de este anexo, en el que figure el sello de la entidad bancaria, determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación de este anexo supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

El importe abonado en concepto de derechos de examen se les devolverá, luego de los trámites correspondientes, a los aspirantes excluidos que lo soliciten, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación en el Diario Oficial de Galicia de la resolución definitiva de la Dirección General de la Función Pública a que hace referencia el apartado tercero de la base I.4.2.

I.3.2. La presentación de solicitudes se hará en el registro general de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, en el de sus delegaciones provinciales, en las oficinas comarcales de la Xunta de Galicia y oficinas de correos en las condiciones a que se refiere el artículo 38 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común en el plazo de veinte dias naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y se dirigirán al director general de la función pública de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

Las solicitudes subscritas por los españoles en el extranjero se podrán cursar, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al organismo competente.

I.3.3. Los aspirantes con alguna discapacidad deberán indicarlo en la solicitud. Asimismo, deberán solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Estos requisitos también deberán ser cumplidos, si es el caso, por los aspirantes con minusvalías con grado de discapacidad igual o superior al 33%, a que se refiere la base I.1.2. Tales aspirantes tendrán que declarar expresamente en las solicitudes que poseen la condición de discapacidad anteriormente citada, especificando el porcentaje de discapacidad reconocido por el órgano competente.

I.4. Admisión de aspirantes.

I.4.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el director general de la Función Pública dictará resolución de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, que se publicará en el Diario Oficial de Galicia así como oportunamente en los lugares determinados por la normativa vigente y en la que se declarará aprobada la lista de admitidos y excluidos, así como las causas de su exclusión y la indicación del lugar en el que están expuestas las listas de admitidos. En la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad.

I.4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder enmendar, en su caso, el defecto que hubiese motivado la exclusión.

A tal efecto, la estimación o desestimación de dichas peticiones de enmiendas se entenderán implícitas en la resolución por la que se publique la lista definitiva.

Los aspirantes excluidos del turno de promoción interna por no cumplir los requisitos para poder participar en él se admitirán en el acceso libre si cumplen los requisitos de este, salvo manifestación expresa en contrario formulada en los diez días a que hace referencia el párrafo primero.

Una vez transcurrido dicho plazo, la Dirección General de la Función Pública dictará resolución definitiva, contra la que se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente orden. Cuando de la documentación que debe presentarse, en el caso de superar el proceso selectivo, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, los interesados decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento.

II. Oposición.

II.1. Ejercicios.

II.1.1. Las pruebas de la oposición consistirán en la superación de los siguientes ejercicios, todos ellos eliminatorios, y obligatorios, excepto para los aspirantes a las plazas por el turno de promoción interna y los aspirantes a los que se refiere el segundo párrafo de la base siguiente que estarán exentos de la realización del primer ejercicio.

II.1.2. En la próxima convocatoria de estas pruebas, podrán acceder directamente al segundo ejercicio los aspirantes que aprueben el primero en la presente, conservando la calificación obtenida.

De igual modo en la presente convocatoria podrán acceder directamente al segundo ejercicio los aspirantes que aprobaron el primero en la convocatoria realizada por Orden de 24 de septiembre de 1994 (DOG nº 206, del 25 de octubre), conservando la calificación obtenida en aquel momento en dicho ejercicio.

II.1.3. Primer ejercicio: consistirá en la resolución por escrito de un cuestionario de 50 preguntas, que será el resultante del sorteo llevado a efecto entre tres, elegidos por el tribunal y que éste propondrá para su realización. Su temario figura en el anexo I de esta convocatoria.

El ejercicio tendrá una duración máxima de 4 horas. Se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 10 puntos.

Las puntuaciones se publicarán una vez finalizada la corrección de la totalidad de los ejercicios.

II.1.4. Segundo ejercicio: consistirá en la resolución por escrito de un caso práctico, que será el resultante del sorteo llevado a efecto entre dos elegidos por el tribunal sobre las materias señaladas en el anexo II de la presente convocatoria.

El ejercicio tendrá una duración máxima de cinco horas. Se calificará de 0 a 35 puntos siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 17,50 puntos.

Las puntuaciones se publicarán una vez finalizada la corrección de la totalidad de los ejercicios.

II.1.5. Tercer ejercicio: este ejercicio constará de dos partes. La primera parte consistirá en la resolución por escrito de un cuestionario de 10 preguntas propuesto por el tribunal sobre las materias comprendidas en el anexo III de esta convocatoria. El tiempo máximo de duración será de una hora.

La segunda parte consistirá en desarrollar por escrito en el plazo máximo de cuatro horas dos temas que se eligirán entre cuatro obtenidos mediante sorteo por el tribunal de entre los que forman el contenido del programa comprendido en el anexo III. Los temas se irán desarrollando a intervalos de dos horas cada uno, realizándose sucesivamente tras el llamamiento del tribunal y una vez que se efectúen los correspondientes sorteos. Posteriormente, serán convocados oportunamente por el tribunal para proceder a su lectura pública, que se llevará a cabo por su autor o, en su imposibilidad, a su ruego y en su presencia, por la persona que designe o por un miembro del tribunal.

El tribunal podrá disponer la obtención de copias fotoestáticas de los ejercicios para cotejar la lectura efectuada por el aspirante.

La calificación total del ejercicio será de 35 puntos, siendo necesario para superarlo obtener 17,50 puntos como mínimo. Esta calificación total se obtendrá por la suma de la correspondiente a la primera parte que se calificará de 0 a 17,50 puntos y de la segunda parte que se calificará de 0 a 17,50 puntos. Esta suma no podrá tener lugar en el supuesto de que la calificación obtenida en cualquiera de las partes del ejercicio fuese inferior a 6 puntos, caso en el que no se superará el ejercicio.

Las puntuaciones se publicarán una vez finalizada la corrección de la totalidad de los ejercicios.

II.1.6. Cuarto ejercicio: constará de dos pruebas:

Primera prueba: consistirá en la traducción de un texto de castellano al gallego elegido por sorteo de entre tres propuestos por el tribunal.

Segunda prueba: consistirá en la traducción de un texto de gallego al castellano elegido por sorteo de entre tres propuestos por el tribunal.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de una hora.

Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos siendo necesario para superarlo obtener 5 puntos como mínimo.

Cada miembro del tribunal puntuará de 0 a 5 puntos por prueba, siendo la nota de cada una de ellas el resultado de la media aritmética del total de las puntuaciones emitidas por cada miembro del tribunal. La nota final será el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en estas.

Las puntuaciones se publicarán una vez finalizada la corrección de la totalidad de los ejercicios.

II.1.7. Cada miembro del tribunal calificará los ejercicios según la banda de puntuación establecida por la presente convocatoria para cada prueba. La calificación final de cada ejercicio será el resultado de la media aritmética de las puntuaciones emitidas por el tribunal.

II.1.8. Para la realización de las pruebas que tienen por contenido la resolución de casos prácticos, podrán servirse los opositores de textos legales sin comentarios, excluyéndose los libros de consulta.

II.1.9. Los aspirantes deberán presentarse para la realización de cada ejercicio provistos de DNI o documento fidedigno acreditativo de su identidad, a juicio del tribunal.

II.1.10. Los ejercicios se celebrarán a puerta cerrada sin otra asistencia que la de los opositores, miembros del tribunal y los colaboradores designados por éste, excepto la lectura de la segunda parte del tercer ejercicio, que se efectuará en sesión pública.

II.2. Desarrollo de los exercicios:

II.2.1. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «H», de conformidad con lo establecido en la resolución de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 5 de mayo de 1997 por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 5 de mayo de 1997, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma, al tratarse de una convocatoria correspondiente a la oferta de empleo público para el año 1997.

II.2.2. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

II.2.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluido de la oposición quien no comparezca, pudiéndose considerar los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal, a los efectos de un posterior llamamiento.

II.2.4. La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios será efectuada por el tribunal en los locales donde se celebrase el primero, y por cualquier otro medio, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para su iniciación. Cuando se trate de distintas fases del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se hubiese celebrado, y en algún otro medio si se juzga conveniente con doce horas, al menos, de antelación.

II.2.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá acordar su exclusión, si procede.

Contra tal acuerdo se podrá interponer recurso ordinario conforme a lo previsto en el artículo 114 de la Lei de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

III. Curso selectivo.

III.1. Todos los aspirantes que superen las pruebas de la oposición realizarán un curso selectivo que igualmente deberán superar con aprovechamiento. Dicho curso versará sobre las materias del programa de la presente convocatoria de pruebas selectivas.

El curso tendrá una duración de 150 horas lectivas, distribuidas por especialidades de la escala técnica de finanzas, impartiéndose en el mismo el conjunto de materias relacionadas con las funciones y procedimientos de cada una de ellas.

Parte del curso selectivo podrá consistir en un período de realización de prácticas en los servicios centrales y territoriales de la Consellería de Economía y Hacienda.

III.2. Se calificarán de 0 a 10 puntos cada una de las asignaturas de las que consta el curso, siendo necesario para superarlo obtener en cada una de ellas una puntuación de 5 puntos. La calificación de cada asignatura se obtendrá mediante la celebración de una prueba final en cada una de ellas al final de su impartición.

III.3. Los aspirantes que no superen el curso realizarán en el plazo máximo de dos meses una nueva prueba sobre las asignaturas no aprobadas. De no superarla, podrán incorporarse al curso inmediatamente posterior, conforme a la opción de especialidad ejercida en el primero, con la puntuación asignada, dentro de la especialidad, al último de los participantes en el mismo. De no superarlo nuevamente, perderán todos sus derechos al nombramiento de funcionarios de carrera.

III.4. Finalizada la impartición del curso, el tribunal publicará la relación de aspirantes que lo superen.

Celebrada la segunda prueba, conforme a lo dispuesto en la base III.3, se publicará la relación completa de aspirantes que lo superaron definitivamente, así como la relación de aspirantes que, en su caso, podrán incorporarse al curso inmediatamente posterior.

IV. Tribunal.

IV.1. El tribunal calificador de estas pruebas será designado por orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, y su composición es la determinada por lo previsto en el artículo 7 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

IV.2. Además del tribunal que se designe en la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, podrán nombrarse más tribunales para juzgar las pruebas, a propuesta del tribunal señalado en la base anterior cuando fuese necesario por el número de aspirantes.

Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el DOG una resolución por la que se nombren los nuevos tribunales, en su caso.

IV.3. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándoselo al director general de la Función Pública de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común o se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El presidente podrá solicitar de los miembros del tribunal declaración expresa de no encontrarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

IV.4. La autoridad convocante publicará en el Diario Oficial de Galicia resolución por la que se nombren los nuevos miembros del tribunal, que sustituirán a los que hubiesen perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base IV.3.

IV.5. Tras la convocatoria del presidente, se constituirá el tribunal. Tal constitución se entenderá válida con que asistan a ella la mayoría de los miembros del tribunal. La celebración de la sesión de constitución tendrá lugar en el plazo máximo de treinta días a partir de la designación del tribunal y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el tribunal adoptará todas las decisiones que le correspondan para el correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

IV.6. A partir de la sesión de constitución, el tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

IV.7. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

IV.8. El tribunal, mediante anuncio público en el Diario Oficial de Galicia y demás anuncios correspondientes, fijará el lugar, la fecha y hora de celebración del primer ejercicio.

IV.9. Por cada sesión del tribunal se levantará acta que, leída al principio de la sesión siguiente y hechas, en su caso, las rectificaciones que procedan, se autorizará con la firma del secretario y el visto bueno del presidente.

IV.10. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes a los ejercicios que considere pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores se le deberá comunicar al director general de la Función Pública de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

IV.11. El tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con discapacidades gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios con el resto de los participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidades que lo soliciten del modo previsto en la base I.3.3., las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

Si en su realización se le suscitasen dudas al tribunal respecto de la capacidad del aspirante para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los funcionarios del cuerpo al que opta, podrán solicitar el correspondiente dictamen del órgano competente.

IV.12. El presidente del tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que se realicen en forma escrita sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos adecuados.

El tribunal excluirá aquellos candidatos con ejercicios en los que figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

IV.13. El tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda de las recogidas en el Decreto 299/1990, de 24 de mayo.

IV.14. En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarará que superaron las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

IV.15. Las comunicaciones que formulen los aspirantes al tribunal se dirigirán a la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, Dirección General de la Función Pública (edificio administrativo San Caetano. Santiago de Compostela).

V. Lista de aprobados en la fase de oposición.

V.1. Finalizada la realización de los ejercicios de la fase de oposición y en el supuesto de empate en las puntuaciones de dos o más aspirantes, estos serán resueltos por la puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, si esto no fuese suficiente, por la puntuación obtenida en los sucesivos ejercicios hasta que se resuelva este. De persistir el empate se resolverá por orden alfabético, de acuerdo con el sorteo que tuvo lugar el 5 de mayo de 1997.

El tribunal resolverá los empates que se produzcan.

V.2. Finalizadas las pruebas de la fase de oposición, el tribunal hará públicas en el Diario Oficial de Galicia, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio y en aquellos otros que considere oportuno, las relaciones independientes de aspirantes aprobados en dicha fase, tanto por el sistema general de acceso libre como por el de promoción interna, por orden de puntuaciones alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad.

El presidente del tribunal le enviará propuesta conjunta de ambas listas de aprobados al director general de la Función Pública, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

VI. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios en prácticas.

VI.1. En el plazo de veinte días naturales, contados desde el día siguiente a aquel en el que se hicieron públicas en el Diario Oficial de Galicia las listas de aprobados, los opositores que hubiesen superado las pruebas deberán presentar en la Dirección General de la Función Pública los siguientes documentos:

A. Fotocopia compulsada del título exigido en la base I.2. o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título o, en su caso, documento que acredite fidedignamente la posesión del correspondiente título académico.

B. Declaración bajo su responsabilidad de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

C. Se deberá presentar certificado médico oficial en el que se acrediten los extremos señalados en la base I.2.

D. Los aspirantes con minusvalías con grado de discapacidad igual o superior al 33% deberán acreditar tal condición, si obtuviesen plaza, mediante certificación de los órganos competentes de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales y, en su caso, de la Administración correspondiente.

VI.2. Quienes tuvieran la condición de funcionario de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o de la consellería o organismo del que dependieran para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

VI.3. Quienes dentro del plazo fijado, y excepto los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de esta se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base I.2. no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que incurriesen por falsedad en la solicitud inicial.

VI.4. Finalizada la fase de oposición, y una vez cumplidos los requisitos exigidos con anterioridad, quienes la hubiesen superado serán nombrados funcionarios en prácticas mediante una resolución del conselleiro de la Presidencia y Administración Pública, que se publicará en el Diario Oficial de Galicia.

VII. Nombramiento de funcionarios de carrera y adjudicación de las vacantes.

VII.1. Finalizado el curso selectivo, el orden de puntuación de los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará, dentro de cada especialidad de la escala técnica de finanzas, de acuerdo con la suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición y en la del curso selectivo, no pudiendo superar el proceso selectivo un número superior al de plazas convocadas.

En el caso de igualdad de puntuación acumulada entre dos o más funcionarios en prácticas, la prelación entre ellos se establecerá teniendo en cuenta que la calificación obtenida en el curso selectivo prevalecerá sobre la calificación obtenida en la fase de oposición.

VII.2. La petición de destinos por parte de los funcionarios en prácticas que superaron el curso selectivo, se deberá realizar una vez finalizado el proceso selectivo, previa oferta de los mismos.

VII.3. Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 22.2º del Reglamento de provisión de puestos de trabajo, promoción profesional y promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema general de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes.

En el sistema de promoción interna, los aspirantes que superen el presente proceso selectivo podrán tomar posesión de la plaza que hubiesen venido desempeñando con carácter definitivo, cuando ésta, de conformidad con los requisitos exigidos en las relaciones de puestos de trabajo, pueda ser desempeñada por funcionarios pertenencientes al cuerpo o escala al que accedan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, modificada por la Ley 3/1995, de la función pública de Galicia.

VII.4. La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación señalada en la base VII.1, una vez aplicado lo dispuesto en la base VII.3.

VII.5. Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubiesen superado serán nombrados funcionarios de carrera mediante una resolución del conselleiro de la Presidencia y Administración Pública, que se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en la que se indicará el destino adjudicado de acuerdo con la puntuación obtenida.

VII.6. La toma de posesión de los aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación de su nombramiento en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con las disposiciones previstas en la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, modificada por las Leyes 4/1991, de 8 de marzo y 3/1995, de 10 de abril, y demás normas concordantes.

VIII. Disposición final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación de los tribunales podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del tribunal, conforme lo previsto en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 30 de octubre de 1997.

Dositeo Rodríguez Rodríguez

Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública

Temario escala técnica de finanzas

ANEXO I

Derecho civil y mercantil. Derecho constitucional y administrativo

Derecho autonómico. Economía general

Tema 1. El concepto de persona. Clases de personas. Personas naturales: nacimiento y extinción. Personas jurídicas: concepto, naturaleza y clases. Constitución y extinción de las personas jurídicas. Capacidad jurídica y capacidad de obrar. Adquisición y pérdida de la nacionalidad española. El extranjero.

Tema 2. Organización económica de la sociedad conyugal. El sistema económico-matrimonial en el Código civil. Las capitulaciones matrimoniales. La sociedad de gananciales. El régimen de participación en las ganancias. El régimen de separación de bienes.

Tema 3. La filiación: concepto y clases. Las acciones de filiación. La adopción. La patria potestad. La emancipación. La tutela, la curatela y el defensor judicial.

Tema 4. Los derechos reales: concepto y clases. Diferencias entre los derechos reales y los derechos de crédito. La propiedad. Modos de adquirir y perder la propiedad. El Registro de la Propiedad. La posesión. El usufructo. La servidumbre.

Tema 5. Los derechos reales de garantía: concepto y clasificación. Hipoteca. Prenda. Hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento.

Tema 6. La obligación: concepto y clases. Fuentes de la obligación. Prueba de las obligaciones. Influencia del tiempo en las relaciones jurídicas.

Tema 7. El contrato: concepto y clases. Elementos de los contratos. Generación, perfección y consumación de los contratos. Ineficacia de los contratos. Interpretación y forma de los contratos.

Tema 8. La compraventa: concepto y elementos. Contenido de la compraventa. El contrato de arrendamiento: concepto y clases. El arrendamiento de fincas urbanas. El arrendamiento de fincas rústicas.

Tema 9. La donación: concepto y clases. Elementos de la donación. Efectos de la donación. Revocación y reducción de donaciones. La sucesión mortis causa: concepto y clases. La herencia: concepto y situaciones en que puede encontrarse la herencia.

Tema 10. Aceptación de la herencia. Heredero y legatario. La sucesión testamentaria: concepto, caracteres y clases de testamentos. Sucesión forzosa. La sucesión intestada.

Tema 11. La contabilidad mercantil. Contabilidad formal: libros obligatorios. Requisitos de los libros. Conservación de los libros. Eficacia probatoria. Comunicación y exhibición de los libros. Contabilidad mate

rial: cuentas anuales. Verificación, auditoría y depósito de las cuentas.

Tema 12. La empresa mercantil. El empresario individual: capacidad y prohibiciones. Prueba, adquisición y pérdida de la cualidad de empresario. Ejercicio del comercio por persona casada. El empresario extranjero.

Tema 13. Las sociedades mercantiles: concepto y clasificación. Requisitos de constitución de las sociedades mercantiles. La sociedad irregular. Nacionalidad de las sociedades. Las sociedades colectivas y comanditarias. La sociedad de responsabilidad limitada: principales notas de su régimen jurídico.

Tema 14. La sociedad anónima: concepto y caracteres. Fundación. Escritura social y estatutos. Acciones y obligaciones. Órganos de la sociedad anónima.

Tema 15. La disolución de las sociedades mercantiles. Liquidación y división. Transformación, fusión y escisión de las sociedades mercantiles.

Tema 16. Los títulos valores: concepto y clasificación. Los títulos nominativos, a la orden, al portador y de tradición. La letra de cambio: concepto y requisitos formales. El endoso. La aceptación. El pago de la letra. Las excepciones cambiarias.

Tema 17. La obligaciones mercantiles: características generales. Los contratos mercantiles: concepto y clases. Perfección, forma y prueba de los contratos mercantiles. Influencia de la alteración de las circunstancias en los contratos mercantiles. La prescripción en el derecho mercantil.

Tema 18. El contrato de compraventa mercantil. Compraventas especiales. El contrato de transporte. El contrato de seguro.

Tema 19. El Registro Mercantil. Los contratos bancarios: concepto y clasificación.

Tema 20. Instituciones de la Unión Europea: el Consejo, la Comisión, el Parlamento. El ordenamiento jurídico comunitario: fuentes. Acta Única Europea.

Tema 21. La Unión Aduanera. Libertad de circulación de mercancías. Concepto de libre práctica. La aduana exterior y las políticas comunitarias. La Organización Internacional del Comercio: el GATT. Consejo de Cooperación Aduanera. Sus orígenes, funciones y estructura.

Tema 22. La Constitución española de 1978: características y estructura. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. La reforma constitucional.

Tema 23. Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución. Leyes orgánicas. Leyes ordinarias. Disposiciones del Gobierno con fuerza de ley: decretos-leyes y decretos legislativos. El Reglamento: concepto, caracteres y clases. Límites de los reglamentos. Reglamentos ilegales.

Tema 24. Concepto de Administración pública. Tipos de entes públicos. Formas de gestión de los servicios públicos. Gestión directa. Gestión indirecta:

la concesión administrativa de servicios públicos.

Tema 25. El acto administrativo: concepto y caracteres. Clasificación de los actos administrativos: actos generales y concretos; discrecionales y reglados; simples y complejos; unilaterales y plurilaterales; expresos, tácitos y presuntos, de trámite y definitivos; negocios jurídicos y meros actos administrativos.

Tema 26. Elementos del acto administrativo: sujeto, objeto, fin y forma. La motivación y comunicación de los actos administrativos. El silencio administrativo.

Tema 27. Eficacia del acto administrativo. Ejecutoriedad de los actos administrativos. Validez e invalidez del acto administrativo. Revocación y anulación de oficio de los actos administrativos.

Tema 28. Los contratos administrativos: naturaleza jurídica, clases y régimen jurídico. Elementos de los contratos administrativos. Formas de adjudicación de los contratos. Resolución de los contratos administrativos.

Tema 29. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas: régimen vigente. Requisitos para que proceda la indemnización. Responsabilidad de las autoridades y funcionarios.

Tema 30. El procedimiento administrativo: concepto y fines del procedimiento. Principios generales y ámbito de aplicación de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El procedimiento administrativo común: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Idea de los procedimientos especiales.

Tema 31. Los recursos administrativos: concepto y clases. Principios generales del procedimiento administrativo en vía de recurso. El recurso ordinario. El recurso extraordinario de revisión.

Tema 32. La jurisdicción contencioso-administrativa: naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa. Las partes en el proceso contencioso-administrativo: capacidad, legitimación y defensa. Trámites previos a la interposición del recurso contencioso-administrativo. Idea general del proceso contencioso-administrativo. Recursos contra sentencias.

Tema 33. Los funcionarios públicos: concepto y clases. Situaciones de los funcionarios. Derechos y deberes. Régimen disciplinario de los funcionarios públicos.

Tema 34. La organización territorial del Estado en la Constitución de 1978. Las comunidades autónomas: estructura y competencias.

Tema 35. Los ordenamientos autonómicos. Relación con el ordenamiento estatal.

Tema 36. Vías de acceso a la autonomía. Los estatutos de autonomía: caracteres y contenido. Procedimiento de elaboración y reforma del estatuto.

Tema 37. La autonomía gallega: origen y evolución. El Estatuto de autonomía de Galicia: estructura y contenido.

Tema 38. Bases fundamentales de la autonomía gallega: el territorio, los símbolos. La lengua y la cultura gallega. El reconocimiento de la galleguidad. La condición de gallego. Los derechos de los ciudadanos gallegos: garantías.

Tema 39. Organización política de las comunidades autónomas. Las instituciones de autogobierno de Galicia: descripción. Sede. La Administración de Justicia en Galicia.

Tema 40. El gobierno de la Comunidad Autónoma. La Xunta de Galicia y su presidente.

Tema 41. El Parlamento de Galicia. Sistema electoral. Funciones del Parlamento: control parlamentario de la acción del Gobierno. El Valedor del Pueblo.

Tema 42. Competencias de las comunidades autónomas. Las transferencias de competencias del Estado a las comunidades autónomas. Reserva de competencias estatales: normativa básica. Leyes de armonización.

Tema 43. Competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia. El régimen jurídico del ejercicio de las competencias autonómicas.

Tema 44. El ordenamiento jurídico de Galicia: leyes de Galicia. Decretos legislativos. Reglamentos. Aplicación del derecho gallego. Supletoriedad del derecho estatal. Las leyes estatales marco, de transferencia y de delegación.

Tema 45. La Administración pública de Galicia. Las consellerías: organización y estructura. La Administración periférica. La Administración institucional.

Tema 46. La Consellería de Economía y Hacienda: organización y competencias. Las delegaciones territoriales de Economía y Hacienda: organización y competencias. Las oficinas liquidadoras de distrito hipotecario.

Tema 47. La función pública gallega. Personal funcionario. Sistemas de acceso. Provisión de puestos de trabajo. Promoción y situaciones administrativas de los funcionarios. Los derechos y deberes de los funcionarios. Régimen disciplinario. Personal laboral. El convenio colectivo del personal laboral de la Xunta de Galicia.

Tema 48. Las entidades municipales. Las entidades provinciales.

Tema 49. La actividad económica. Sistemas económicos. Tipos de organización de la actividad económica. Funciones de un sistema económico.

Tema 50. La renta nacional: concepto y métodos de estimación. La contabilidad nacional. Naturaleza y fines. El análisis «input-output». Relaciones sectoriales.

Tema 51. El dinero: concepto y funciones del dinero. Demanda y oferta de dinero. Formación del tipo de interés.

Tema 52. El sistema financiero. El banco central. Los bancos comerciales. Otros intermediarios financieros.

ANEXO II

Contabilidad, matemática financiera y estadística

I. Contabilidad

1. Constitución, distribución de beneficios, aumento y reducción de capital, financiación, transformación, fusión, absorción, escisiones y disolución de empresas individuales y sociales.

2. Suspensión de pagos y quiebras.

3. Operaciones de ejercicio, regularización y formulación de estados contables en empresas comerciales, sin o con secciones sucursales, ventas al contado, a crédito, a plazos, al detalle, comercio en comisión y en participación entre nacionales y con elextranjero.

II. Matemática financiera

Capitalización simple y compuesta: rentas, préstamos y empréstitos.

III. Estadística

Medidas de posición y dispersión: números índices.

ANEXO III

Programa de derecho financiero, presupuestario y tributario

Tema 1. El derecho financiero: concepto y contenido. La Hacienda pública en la Constitución española.

Tema 2. El derecho presupuestario: concepto y contenido. La Ley 11/1992, de 7 de octubre, de régimen financiero y presupuestario de Galicia. La Hacienda y el patrimonio de la Comunidad Autónoma.

Tema 3. Los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma: elaboración, aprobación. Estructura presupuestaria. Los créditos presupuestarios.

Tema 4. Las modificaciones presupuestarias. Modificación de los créditos iniciales. Gastos plurianuales. Anulación de remanentes. Incorporación de créditos.Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Anticipos de tesorería. Créditos ampliables. Transferencias de créditos. Ingresos que generan crédito.

Tema 5. El control de la actividad financiera. Concepto y clases. El control interno. El control externo. El Consello de Contas.

Tema 6. El gasto público. Principios constitucionales. La ejecución del presupuesto de gastos. El procedimiento de ejecución del gasto público. El acto administrativo de ordenación de gastos y pagos. Documentos contables que intervienen en el procedimiento de ejecución del gasto público.

Tema 7. Liquidación y cierre del ejercicio. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de transferencias: corrientes y de capital. Gastos de inversión. Pagos: concepto y clasificación. Pagos por obligaciones presupuestarias. Pagos «en firme» y a justificar. Justificación de libramientos.

Tema 8. La contabilidad pública. El Plan General de Contabilidad Pública. Principios y estructura. La cuenta general. Las cuentas económicas del sector público.

Tema 9. Ingresos presupuestarios. Créditos presupuestarios y remanentes de crédito. Devoluciones de ingresos. Contraído, formalización, intervención.

Tema 10. El derecho tributario: concepto y contenido. Fuentes. La Ley general tributaria: principios generales. El sistema fiscal español.

Tema 11. Los tributos: concepto y clasificación. Los impuestos: clases. Hecho imponible. No sujección y exención. Devengo. Prescripción. Aplicación e interpretación de las normas tributarias.

Tema 12. Sujetos pasivos. Responsables. Retención. Repercusión. Capacidad de obrar. Representación. Domicilio fiscal. El NIF.

Tema 13. Base imponible. Regímenes de determinación. Comprobación de valores. Base liquidable. Tipos de gravamen. Cuota y deuda tributaria.

Tema 14. El procedimiento de gestión tributaria. Iniciación. La declaración tributaria. Comprobación, investigación y obtención de información. La prueba. Las liquidaciones. La notificación. La consulta tributaria.

Tema 15. La recaudación de los tributos: extinción de la deuda tributaria. Las garantías.

Tema 16. El procedimiento de apremio: naturaleza, características y fases.

Tema 17. La inspección de los tributos. Órganos. Funciones. Facultades. El procedimiento de inspección tributaria. La documentación de las actuaciones inspectoras.

Tema 18. Infracciones tributarias: concepto y clases. Sanciones tributarias. Delitos contra la Hacienda pública. Contrabando.

Tema 19. La revisión de los actos en vía administrativa: el recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas. Suspensión de los actos impugnados. Procedimientos especiales.

Tema 20. El impuesto sobre la renta de las personas físicas (I). Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Rentas exentas. Estimación de rendimientos. Sujeto pasivo. Obligación personal y real de contribuir. Determinación de la base imponible en estimación directa. Rendimientos del trabajo, del capital y de las actividades empresariales o profesionales.

Tema 21. El impuesto sobre la renta de las personas físicas (II). Incrementos y disminuciones del patrimonio. Imputación de rentas. Imputación temporal de ingresos y gastos. La estimación objetiva. La estimación indirecta. Clases de renta: integración y com

pensación. La base liquidable. Determinación de la deuda tributaria. Tributación conjunta. Período de imposición y devengo. Gestión del impuesto.

Tema 22. El impuesto sobre el patrimonio de las personas físicas. Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Base imponible y liquidable. La deuda tributaria. Gestión del impuesto. Referencia al impuesto sobre bienes inmuebles de entidades no residentes.

Tema 23. El impuesto sobre sociedades (I): naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible.

Tema 24. El impuesto sobre sociedades (II): período impositivo. Devengo del impuesto. Compensación de pérdidas. Deuda tributaria: tipo de gravamen, cuota íntegra, deducciones y bonificaciones. Gestión del impuesto.

Tema 25. El impuesto sobre sucesiones y donaciones. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. Deuda tributaria.

Tema 26. El impuesto sobre el valor añadido (I): concepto y naturaleza. Hecho imponible y supuestos de no sujeción. Exenciones. Sujeto pasivo. Devengo. Base imponible. Tipos de gravamen.

Tema 27. El impuesto sobre el valor añadido (II): deuda tributaria. Liquidación, deducciones, devoluciones. Regímenes especiales.

Tema 28. El impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible y deuda tributaria.

Tema 29. El impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Operaciones societarias: hecho imponible, base imponible, sujeto pasivo. Actos jurídicos documentados.

Tema 30. La tributación sobre el juego: máquinas recreativas, casinos, bingos, rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias. Especial referencia a la legislación autonómica.

Tema 31. Las tasas y precios. Ley de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tema 32. La financiación de las comunidades autónomas (I): principios. Recursos financieros. Participación en los ingresos del Estado. Tasas. Régimen especial: País Vasco y Navarra.

Tema 33. La financiación de las comunidades autónomas (II): los tributos cedidos. La cesión parcial del IRPF. Capacidad normativa de las comunidades autónomas. Recargos sobre impuestos del Estado. Otros medios de financiación. El FCI y el FEDER.

Tema 34. El sistema tributario local (I). La Ley reguladora de las haciendas locales. Estructura y fcaracterísticas. Los impuestos municipales potestativos y obligatorios. Otros recursos.

97-8540