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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Viernes, 14 de noviembre de 1997 Pág. 10.998

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 323/1997, de 30 de octubre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por la Diputación Provincial de Pontevedra, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de variación del trazado de la carretera A Cañiza-Crecente, programa operativo Interreg II.

La Diputación Provincial de Pontevedra, en sesión celebrada el día 27 de junio de 1997, aprobó el proyecto de variación del trazado de la carretera A Cañiza-Crecente, programa operativo Interreg II y en la misma sesión acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. La diputación remitió la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 3 de septiembre de 1997 bajo el nº 12067.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Calidad Medioambiental y Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 15 de octubre de 1997 bajo el nº 14788.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque en el proyecto de carretera A Cañiza-Crecente, perteneciente al programa operativo Interreg II, España-Portugal, se preveía un trazado que afectaba a unos eucaliptos centenarios, propiedad de la diputación, y a dos instalaciones próximas a los mismos (piscinas municipales y el parque inaugurado recientemente), pero efectuado el replanteo sobre el terreno, se observó que una pequeña modificación del trazado mejoraría enormemente la calidad de la carretera, dotándola de un perfil menos sinuoso y manteniendo el número de metros cuadrados de expropiaciones-ocupaciones, así como el saldo de tierrras sobre las que se llevará a cabo el desmonte y terraplén, y del presupuesto de la obra.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2 y 28.2 del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud y a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deli

beración del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día treinta de octubre de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por la Diputación Provincial de Pontevedra, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de variación del trazado de la carretera A Cañiza-Crecente, programa operativo Interreg II.

Santiago de Compostela, treinta de octubre de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

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