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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Martes, 11 de noviembre de 1997 Pág. 10.843

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 1997, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se notifica la resolución de los expedientes incoados por infracción de la Ley de pesca fluvial P-62/97 y seis más, devueltos por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan, las resoluciones de dichos expedientes, por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, sobre pesca fluvial.

Contra dicha resolución, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 al 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de esta publicación, podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes. Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que este fuese presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

El importe de la sanción, así como el de la indemnización, se hará efectivo dentro del plazo de un mes contando desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta nº 311-152-115/8 de la Caixa de Galicia (2091), oficina principal de Lugo (152). De no hacerlo dentro del plazo señalado se procederá a su cobro por vía de apremio.

Para proceder al abono de la sanción, deberán utilizar los impresos normalizados que le serán facilitados en la Delegación Provincial de Lugo, Ronda da Muralla, 197.

Lugo, 17 de octubre de 1997.

José Ramón Molinero Senovilla

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

-Expediente: P-62/97.

Denunciado: Jesús J. Alonso Rodríguez.

DNI: 46.335.050.

Último domicilio conocido: c/ S. Francisco, 17 bajo, Ourense.

Hechos imputados: pescar sin estar en posesión de la preceptiva licencia el día 21-3-1997 en el río

Miño, embalse de Belesar (paraje de Sabadelle, margen derecha), Chantada-Lugo.

Precepto sancionador: artículo 34.1 de la Ley 7/1992.

Calificación de la infracción: menos grave.

Sanción: 50.001 ptas. de multa.

Inhabilitación: durante un año para obtener la licencia de pesca.

Artes decomisadas: devolución, previo abono de la sanción, para lo que se le facilitará un escrito en esta delegación.

-Expediente: P-77/97.

Denunciado: Antonio López Rodríguez.

DNI: 76.561.13.

Último domicilio conocido: Fonteculler, Bq. 5-5, Culleredo-A Coruña.

Hechos imputados: practicar el deporte de la pesca no respetando las limitaciones de tamaño fijadas por la Orden de 17-2-1997 (DOG del 26-2-1997) de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes, al haber capturado 6 truchas de tamaño inferior al reglamentario. Hechos constadados el 29-3-1997 en el río Lamas, A Fonsagrada.

Precepto sancionador: artículo 33.9 de la Ley 7/1992.

Calificación de la infracción: leve.

Sanción: 10.000 ptas. de multa y 5.000 ptas. de indemnización por daños y pérdidas según valoración del Servicio M.A.

-Expediente: P-112/97.

Denunciado: José M. González González.

DNI: 71.629.100.

Último domicilio conocido: c/ Sienra 3-1º, Cangas de Narcea-Asturias.

Hechos imputados: pescar sin estar en posesión de la preceptiva licencia el día 23-4-1997 en el río Lamas-A Ferreira-A Fonsagrada.

Precepto sancionador: artículo 34.1 de la Ley 7/1992.

Calificación de la infracción: menos grave.

Sanción: 50.001 ptas. de multa.

Inhabilitación: durante un año para obtener la licencia de pesca.

-Expediente: P-116/97.

Denunciado: José L. Cabado Pardo.

DNI: 33.314.963.

Último domicilio conocido: c/ Rúa 16, Albeiros-Lugo.

Hechos imputados: pescar con caña en zona vedada, infringiendo lo dispuesto en el anexo V de la orden de vedas 17-2-1997 (DOG del 26-2-1997), en el que se aplaza el inicio de la temporada hasta el 11 de mayo en la zona libre de A Pontenova, hechos constatados el día 27-4-1997, en el río Eo-zona libre de A Pontenova.

Precepto sancionador: artículo 34.8 de la Ley 7/1992.

Calificación de la infracción: menos grave.

Sanción: 50.001 ptas. de multa y 3.000 ptas. de indemnización por daños y pérdidas según valoración del Servicio M.A.N.

Inhabilitación: durante un año para obtener la licencia de pesca.

-Expediente: P-124/97.

Denunciado: José M. Rivas Lamas.

DNI: 33.318.20.

Último domicilio conocido: c/ Castelao, 35, Cospeito-Lugo.

Hechos imputados: pescar sin estar en posesión de la preceptiva licencia de pesca, teniendo la misma caducada desde el 22-4-1997, capturando una trucha, hechos constatados el 4-5-1997, en el río Miño, Sª Isabel-Outeiro de Rei.

Precepto sancionador: artículo 34.1 de la Ley 7/1992.

Calificación de la infracción: menos grave.

Sanción: 50.001 ptas. de multa y 5.000 ptas. de indemnización por daños y pérdidas según valoración del Servicio M.A.N.

Inhabilitación: durante un año para obtener la licencia de pesca.

Artes decomisadas: devolución, previo abono de la sanción; se encuentra en esta delegación.

-Expediente: P-146/97.

Denunciado: Jesús Díaz Silván.

DNI: 10.077.883.

Último domicilio conocido: c/ La Cardona-Sª María de la Torre-Torre del Bierzo-León.

Hechos imputados: pescar sin estar en posesión de la perceptiva licencia el día 18-5-1997, en el río Ser-Navia.

Precepto sancionador: artículo 34.1 de la Ley 7/1992.

Calificación de la infracción: menos grave.

Sanción: 50.001 ptas. de multa y 5.000 ptas. de indemnización por daños y pérdidas según valoración del Servicio M.A.N.

Inhabilitación: durante un año para obtener la licencia de pesca.

-Expediente: P-147/97.

Denunciado: Rubén Díaz Silván.

DNI: 11.077.884.

Último domicilio conocido: r/ La Cardona-Sª María de la Torre-Torre del Bierzo-León.

Hechos imputados: pescar sin estar en posesión de la perceptiva licencia el día 18-5-1997, en el río Ser-Navia.

Precepto sancionador: artículo 34.1 de la Ley 7/1992.

Calificación de la infracción: menos grave.

Sanción: 50.001 ptas. de multa.

Inhabilitación: durante un año para obtener la licencia de pesca.

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