La Consellería de Industria y Comercio dictó la Orden de 31 de enero de 1997 por la que se regula la concesión de subvenciones a empresas, agrupaciones de empresas y entidades sin ánimo de lucro, que realicen inversiones en innovación tecnológica, investigación y desarrollo y calidad, dentro de la Comunidad Autónoma gallega, para 1997 (DOG nª 41, del 28 de febrero de 1997).
En la citada disposición se establece como requisito indispensable para el libramiento de la ayuda, la presentación de la documentación acreditativa de la inversión realizada antes del día 31 de octubre de 1997.
Teniendo en cuenta que el elevado número de solicitudes presentadas motiva un dilatado proceso de evaluación de los proyectos y resolución de los respectivos expedientes, se estima necesario ampliar el plazo de justificación de las inversiones llevadas a cabo por los solicitantes.
En consecuencia, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO:
Ampliar el plazo para la ejecución y justificación de las inversiones o actuaciones subvencionables al amparo de la orden de la Consellería de Industria y Comercio de 31 de enero de 1997, hasta el 30 de noviembre de 1997.
Santiago de Compostela, 27 de octubre de 1997.
Antonio Couceiro Méndez
Conselleiro de Industria y Comercio
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