Con fecha de 1 de septiembre de 1997, el director general de Obras Públicas y Transportes, por delegación del conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, aprobó el proyecto de la obra de acondicionamiento de las carreteras LU-644 de Rubián a Laiosa p.k. 0,000/4.660,738 y LU-643 de Bóveda a O Incio, p.k. 0,00/10,440 (clave N/LU/95.03).
Los bienes y derechos en los que se concreta la declaración de urgente ocupación aparecen recogidos y valorados en el citado proyecto.
La competencia para efectuar la declaración de urgente ocupación la tiene atribuida la Xunta de Galicia en virtud del artículo segundo del Decreto 156/1982 de 15 de diciembre, sobre asunción de transferencias en materia de carreteras y su asignación a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, considerándose justificada en la referida declaración por su incidencia en la seguridad vial.
En virtud de todo lo expuesto, y en aplicación del artículo 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia y de los artículos 10 y 52 de la Ley de expropiación forzosa, en relación con lo previsto en el artículo 8 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, a propuesta del conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda y previa de la deliberación del Consello de la Xunta en su reunión del día uno de octubre de mil novecientos noventa y siete,
DISPONGO:
Artículo único.-Declarar la utilidad pública y la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios y que se concretan en el expediente administrativo instruido, a efectos de expropiación en el proyecto
de la obra de acondicionamiento de las carreteras LU-644 de Rubián a Laiosa, p.k. 0,000/4.660,738 y LU-643 de Bóveda a O Incio, p.k. 0,00/10,440 (clave N/LU/95.03).
Santiago de Compostela, uno de octubre de mil novecientos noventa y siete.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
José Cuíña Crespo
Conselleiro de Politica Territorial, Obras Públicas
y Vivienda
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