Declarada urgente la instalación de las línea eléctrica aérea a 132 kV desde la subestación de Intasa hasta la subestación de Cedeira, en los términos municipales de San Sadurniño, Valdoviño, Cerdido y Cedeira (Expte. nº 52.749), a efectos de expropiación forzosa e imposición de servidumbres de paso por Decreto 245/1997, de 24 de julio (Diario Oficial de Galicia del 16-5-1997), de la Consellería de Industria e Comercio, a favor de la entidad Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., con domicilio en Avda. de Arteixo nº 171, 15009-A Coruña.
En cumplimiento de los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 56 de su reglamento de 26 de abril de 1957, se hace saber a los interesados propuestos como titulares de las fincas que se contienen en la relación que se publicó en el DOG de fecha 27-11-1996, excluidos los mutuos acuerdos notificados, que el representante y el perito de la Administración se constituirán en las fincas en los días y a partir de las horas que siguen:
Día: 3-11-1997Consistorial:Hora:
Fincas nº 1 al 8San Sadurnino11
Fincas nº 9 al 35San Sadurniño12
Día: 4-11-1997
Fincas nº 50 al 110San Sadurniño11
Fincas nº 112 al 131San Sadurniño12
Día 5-11-1997
Fincas nº 5 al 120Valdoviño11
Día 6-11-1997
Fincas nº 5 al 89Cerdido11
Día 7-11-1997
Fincas nº 1 al 64Cedeira11
para la toma de datos y levantar a continuación en las oficinas de las casas consistoriales las actas previas a la ocupación, en las que se describirán los bienes
y los derechos afectados por expropiación o servidumbres.
Se advierte, a los interesados, a los que se les practicará notificación al efecto, que deben concurrir al acto por sí o personas que les representen, y si así lo estiman con sus peritos y un notario por su cuenta, pudiendo hacer manifestaciones en el mismo y aportar datos que sean útiles, y formular alegaciones por escrito sin carácter de recurso, hasta el citado levantamiento, a los solos efectos de subsanar posibles errores de la relación.
Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos o se ignore el lugar de notificación; y así dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan de éstos, de conformidad con el artículo 5 de la citada Ley de expropiación forzosa.
A Coruña, 26 de septiembre de 1997.
Juan Ignacio Lizaur Otero
Delegado provincial de A Coruña
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