De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48.1 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 48.2, 49, 50 y 51 de su reglamento, de 26 de abril de 1957, esta delegación pro
vincial acuerda señalar el día 14 de octubre de 1997 a las 12.30 horas, para que el pagador de la entidad beneficiaria Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., proceda en la Casa Consistorial de Cabana de Bergantiños a los pagos de los justiprecios e intereses, por imposición de servidumbres de paso de la línea eléctrica a 15/20 kV y centro de transformación en Leas (Expte. nº 52636), a los interesados propuestos por la citada empresa como titulares de las fincas afectadas, a los que se les dirigirá notificación individual al efecto.
A Coruña, 9 de septiembre de 1997.
Juan Ignacio Lizaur Otero
Delegado provincial de A Coruña
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