El 12 de septiembre de 1997, la Consellería de Cultura y Comunicación Social recibe de la sección
segunda dela Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, la providencia por lo que se admite el recurso contencioso-administrativo nº 02/0006014/1997, interpuesto por Reducrema, S.L, contra resolución de la Consellería de Cultura y Comunicación Social de 10/4/1997, estimatoria del recurso ordinario interpuesto por Victoria Baamonde Garaboa, contra otra del director general de Patrimonio Cultural, de 30-6-1996, por obras en la calle Charino, 7-esquina Rúa Alta, nº 4 de Pontevedra.
En consecuencia, esta secretaría general acordó, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, modificada por la Ley 10/1992, de 30 de abril, la remisión del citado expediente administrativo a la referida sala, lo que notifica para general conocimiento a todas las personas interesadas en el procedimiento, y son emplazadas para que puedan comparecer en autos (mediante procurador con asistencia de letrado o valiéndose tan sólo de abogado con poder al efecto) en la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de nueve días.
Santiago de Compostela, 30 de septiembre de 1997.
José Mª Sánchez González
Secretario general de la Consellería de Cultura y
Comunicación Social
7561