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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 189 Miercoles, 01 de octubre de 1997 Pág. 9.665

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 7 de agosto de 1997, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se dispone la inscripción en el registro y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial para el año 1997 del convenio colectivo del comercio de muebles de la provincia de A Coruña.

Visto el expediente de revisión salarial para el año 1997 del convenio colectivo de comercio de muebles de la provincia de A Coruña que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 1-8-1997, suscrito en representación de la parte económica por la Asociación Provincial de Empresas del Comercio del Mueble y de la parte social, por CC.OO. y UGT el día 6-5-1997, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, existente en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 7 de agosto de 1997.

Carlos Martul Álvarez de Neyra

Delegado provincial accidental

Acta de la reunión de la comisión paritaria del convenio colectivo provincial del comercio de muebles de A Coruña

-Asistentes:

* Por la parte social:

José Ramón Grela Castro (CC.OO.).

Nieves Montes Patiño (UGT):

* Por la parte empresarial:

Miguel Agromayor Vázquez.

Fernando Fernández Fernández.

En A Coruña a 6 de mayo de 1997, siendo las 16.30 horas, en los locales de la parte empresarial, se reúnen las personas al margen relacionadas integrantes de la comisión paritaria del convenio colectivo provincial de comercio de muebles de A Coruña, al objeto de proceder a la elaboración de las tablas salariales para el año 1997.

A tal efecto las partes acuerdan:

Primero.-Aprobar las tablas salariales para 1997, las cuales son las que figuran en el anexo I a esta acta. Dicha cuantía proviene de aplicar el IPC previsto por el Gobierno para 1997 a las tablas del año 1996.

Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 17.30 horas del día indicado más arriba.

Convenio colectivo para las empresas del sector del comercio de muebles de la provincia de A Coruña 1997

CategoríaMensualCómputo

anual

Grupo primero
Personal técnico titulado:

Titulado de grado superior

119.9781.799.676
Titulado grado medio111.9961.679.942
Ayudante técnico sanitario 96.0041.440.058

Grupo segundo
Personal mercantil no titulado:
Director145.3412.180.117
Jefe de personal119.9781.799.676

CategoríaMensualCómputo

anual

Jefe de compras119.9781.799.676
Jefe de ventas119.9781.799.676
Encargado general119.9781.799.676
Encargado establecimiento111.9961.679.942

Personal mercantil propiamente dicho:
Dependiente de 25 años en adelante 92.4041.386.054
Corredor de plaza 93.2611.398.920
Aprendiz de primer año 62.577 938.651
Aprendiz de segundo año 65.203 978.050
Aprendiz de tercer año 70.0431.050.644
Trabajadores menos 18 años (1º año) 65.203 978.050
Trabajadores menos 18 años (2º año) 70.0431.050.644

Grupo tercero
Personal administrativo:
Contable111.9961.679.942
Oficial administrativo 95.0431.425.653
Auxiliar administrativo 85.9761.289.636

Grupo cuarto
Personal de servicios y actividades

auxiliares:

Dibujante111.9961.679.942
Escaparatista 95.6241.434.363
Delineante 91.0881.366.324
Personal de oficio de primera 90.9461.364.185
Personal de oficio de segunda 88.0211.320.323
Ayudante 85.9751.289.620
Mozo especializado 85.9751.289.620
Mozo 85.6131.284.203
Chófer (equiparado a ofic. segunda) 86.2581.293.868

Grupo quinto
Personal subalterno:
Cobrador 92.4041.386.054
Vigilante, sereno, ordenanza,

portero y personal limpieza

79.1701.187.554

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