En virtud de lo acordado en resolución del día de la fecha, dictada en el juicio de mayor cuantía 277/1995 sobre nulidad de testamento y escritura de donación, que se sigue en este juzgado a instancia de Carmen García Suárez y José Luis Cambón García, representados por el procurador, contra María Lourdes, Jesusa, Dulcina, Herminia, Manuel, Ángel, Alfredo y Antonio Cambón Negreira, por medio de la presente cédula se requiere a Carmen García Suárez y José Luis Cambón García, para que dentro del plazo de nueve días se personen en los autos por medio de nuevo procurador y bajo la dirección de nuevo abogado, al haber renunciado a su representación y defensa los señores Reymóndez Portela y Pueyo Novo, bajo los apercibimientos de pararles los perjuicios a que hubiere lugar en derecho.
En Santiago de Compostela a nueve de septiembre de mil novecientos noventa y siete.
El secretario
Rubricado
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