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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 175 Jueves, 11 de septiembre de 1997 Pág. 9.002

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

DECRETO 237/1997, de 25 de agosto, por el que se acepta la cesión a título gratuito de una finca de 2.400 m, sita en el ayuntamiento de Ordes, hecha a favor del Servicio Gallego de Salud para la construcción de un centro médico sanitario.

El Ayuntamiento de Ordes, en sesión celebrada el día 29 de mayo de 1997, acuerda ceder gratuitamente al Servicio Gallego de Salud un terreno de 2.400 m, sito en este ayuntamiento, para la construcción de un centro médico sanitario.

Conforme al artículo 17.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma, se requiere decreto del Consello de la Xunta de Galicia para la adquisión de bienes a título gratuito. Por otra parte, el artículo 23.1º de la misma ley establece que no podrán adquirirse bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor global de los gravámenes, cargas y afecciones impuestas sobre los mismos sobrepasa su valor intrínseco. No se considerarán carga, gravamen o afección a las inversiones que tengan que realizar la Comunidad Autónoma para dar destino de uso general al servicio público de su competencia que fije el cedente.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 3/1985, de 12 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma, a propuesta del conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales y presidente del Servicio Gallego de Salud y de conformidad con las condiciones estipuladas en el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Ordes, de fecha 29 de mayo de 1997, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia del día, en su reunión del día veinticinco de agosto de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo 1º

1. Se acepta la cesión a título gratuito de un inmueble propiedad del Ayuntamiento de Ordes, hecha a favor del Servicio Gallego de Salud, para al construcción de un centro médico sanitario.

2. El inmueble cedido tiene una superficie de 2.400 m y está situado en el ayuntamiento de Ordes, siendo sus límites los siguientes:

-Al norte: calle letra A.

-Al sur: calle letra B.

-Al este: calle letra C.

-Al oeste: calle letra A.

3. La parcela objeto de cesión figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Ordes a favor del Ayuntamiento de Ordes, por título de agrupación, en el tomo 641, libro 156, folio 177, finca 18.256, inscripción primera.

Artículo 2º

El inmueble se cede libre de cargas y se destina a la construcción de un centro médico sanitario.

Artículo 3º

El Servicio Gallego de Salud, a través de su órgano competente, procederá a la formalización de la aceptación en el correspondiente documento público, ins

cribiéndose en el Registro de la Propiedad a su nombre e integrándose en su patrimonio propio.

Disposición final

El Servicio Gallego de Salud, a través de su órgano competente, llevará a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en este decreto.

Santiago de Compostela, veinticinco de agosto de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José María Hernández Cochón

Conselleiro de Sanidade y Servicios Sociales

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