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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 162 Lunes, 25 de agosto de 1997 Pág. 8.146

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJO DE LA CULTURA GALLEGA

RESOLUCIÓN de 31 de julio de 1997 por la que se convocan dos becas de investigación sobre patrimonio sonoro gallego.

El Consejo de la Cultura Gallega, considerando la importancia que tienen para el mundo de la cultura la localización, organización y difusión selectiva para las fuentes sonoras existentes en nuestro país y la preparación de materiales específicos que en el mundo de la cultura contribuyan a un mejor conocimiento de la faceta oral de nuestra tradición, acordó:

Convocar dos becas con una cuantía mensual de 115.000 ptas. cada una, con una duración de seis meses, para trabajar en la localización, ordenación, catalogación y transcripción de materiales sonoros y demás tareas inherentes a las labores del programa Arquivo Sonoro.

De las dos becas, una se dedicará preferentemente a labores de localización, ordenación y transcripción de fondos etnográficos e históricos y otra, a la revisión y catalogación de los fondos documentales sonoros del programa.

1. Presupuesto.

Para atender al gasto que suponen las becas existe crédito suficiente en las aplicaciones 03.01.111D.480 del presupuesto vigente.

2. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas becas todos los ciudadanos comunitarios, mayores de edad y con plena capacidad para obrar que reúnan los siguientes requisitos:

a) No ser trabajadores por cuenta propia o ajena ni recibir remuneración de ningún tipo ni disfrutar de una beca o ayuda semejante.

b) No haber sido separados del servicio de ninguna administración o institución como consecuencia de expediente disciplinario.

c) Ser licenciados en filología, historia, antropología o formar parte, con amplia experiencia demostrada, de grupos de investigación estable sobre la cultura tradicional.

3. Solicitudes.

Los solicitantes entregarán (horario de las 10 a las 14 horas) en la sede del Consejo de la Cultura Gallega, Pazo de Raxoi 2ª planta, Santiago de Compostela, dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, la siguiente documentación:

-Fotocopia del DNI.

-Instancia de solicitud dirigida al presidente del Consejo de la Cultura Gallega.

-Fotocopia del expediente académico correspondiente.

-Currículum vitae con indicación de los estudios, actividades y documentación acreditativa de todos los méritos que se aleguen.

-Declaración jurada de no estar desempeñando ningún trabajo por cuenta propia o ajena y de no haber sido separado del servicio de ninguna administración ni institución pública como consecuencia de expediente disciplinario.

4. Selección de los becarios.

Para la selección de los becarios se considerará mérito y se valorará de acuerdo con su significación, la experiencia en trabajos de localización, clasificación y gestión de documentación sonora, la participación en proyectos de recogida y transcripción de la cultura popular de tradición oral y el dominio de la base de datos Access de Microsoft.

5. Comisión evaluadora.

La comisión que evaluará las solicitudes y entenderá en su resolución estará compuesta por dos miembros de la Comisión Ejecutiva del Consejo de la Cultura Gallega y el coordinador del programa Arquivo Sonoro de Galicia del propio Consejo.

6. Nombramiento.

Los becarios serán nombrados por el presidente del Consejo de la Cultura Gallega, a propuesta de la comisión evaluadora, quién también seleccionará a los suplentes que juzgue oportunos. Los/as becarios/as seleccionados/as deberán presentarse en la sede del

Consejo dentro de los diez días siguientes al de la notificación de su selección con objeto de recoger sus credenciales y comenzar su actividad.

7. Desarrollo de la investigación.

Los becarios desarrollarán su actividad bajo la dirección del director del programa Arquivo Sonoro de Galicia del Consejo de la Cultura Gallega, quien señalará el tiempo de dedicación, el modo de realizar el trabajo y dictará todas las directrices necesarias para el desarrollo del mismo. En este sentido, podrán establecer un horario fijo máximo de trabajo que en ningún caso podrá exceder de las 40 horas semanales y que se desarrollará en la sede del Consejo de la Cultura Gallega o donde fuese preciso. Estos becarios habrán de elaborar mensualmente un informe de su actividad que junto con el aval del coordinador del programa, servirá de base para justificar el pago de la beca.

8. Pago de las becas.

El pago de las becas se realizará en seis mensualidades previo informe del coordinador del programa, conforme los trabajos se desarrollen con normalidad y de acuerdo con las prescripciones técnicas establecidas.

9. En caso de incumplimiento continuado de las tareas objeto de la beca, el coordinador del programa elevará un informe al presidente del Consejo, quien después de la audiencia del interesado, adoptará la decisión que corresponda.

La solicitud de becas implica el conocimiento y aceptación de las presentes bases.

La condición de becario/a no dará lugar a relación laboral ni administrativa con el Consejo de la Cultura Gallega.

Santiago de Compostela, 31 de julio de 1997.

Mª Xosé Rodríguez Galdo

Secretaria del Consejo de la Cultura Gallega

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