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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 152 Viernes, 08 de agosto de 1997 Pág. 7.722

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 213/1997, de 24 de julio, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Neda (A Coruña), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de acondicionamiento ambiental de la ribera de Neda.

El Ayuntamiento de Neda (A Coruña), en sesión celebrada el día 7 de junio de 1995, acordó aprobar el proyecto de acondicionamiento ambiental de la ribera del Neda y en la sesión celebrada el día 4 de junio de 1996 acordo solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. El ayuntamiento remitió la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, el día 29 de mayo de 1997, nº 7.334.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Calidad Medioambiental y Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, el día 13 de junio de 1997, nº 8.241.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico seña

lado, porque el mal estado de la ría de Ferrol, en el margen que se asienta el término municipal de Neda justifica la necesidad de lograr la regeneración y regulación de la zona costera poniendo fin a la situación actual que tanto perjudica el entorno de la ría y de forma más directa a las propiedades enclavadas en el margen del agua.

Por otra parte, el ayuntamiento formalizó con la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente un convenio en el que este asumía el la financiación de la obra con cargo a los fondos de la Comunidad Europea y dentro de los programas a ejecutar antes del año 1999, así como la contratación del proyecto básico y comprometiéndose el ayuntamiento a poner a disposición del mismo la totalidad de los terrenos a ocupar por las obras, fijándose como tope para la ejecución de las mismas el año 1999; debe significarse que la obra, por su capacidad de ejecución, tiene que dividirse en un mínimo de dos anualidades, por lo que se hace imprescindible su inmediata contratación para posibilitar tal fraccionamiento.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2 y 28.2 del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticuatro de julio de mil novecientos noventa y siete.

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Neda (A Coruña), a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto: acondicionamiento ambiental de la ribera del Neda.

Santiago de Compostela, veinticuatro de junio de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

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